C/ ANDY STARLING CORTES ALOMIA
Rol
O-8430-2023
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día de Julio de , poco después de las : horas, en calle Placer a la altura del N° , Comuna de Santiago, el imputado ANDY STARLING CORTÉS ALOMIA, fue sorprendido en momentos que entregaba a un sujeto desconocido un envoltorio de nylon transparente contenedor de una sustancia color verde. Al momento de ser controlado por funcionarios policiales, el imputado y el otro sujeto se dieron a la fuga, lográndose la detención en las inmediaciones de CORTÉS ALOMIA, quien arrojó un calcetín en el que guardaba, almacenaba y transportaba bolsas de nylon transparentes contenedoras de cannabis sativa con un peso bruto de , grs. y bolsas de nylon transparente contenedoras de clorhidrato de cocaína con un peso bruto de , grs., además de mantener entre sus vestimentas $ . en dinero en efectivo y celular marca Samsung, color negro. La droga que fue encontrada en poder del imputado no estaba destinada a su uso o consumo exclusivo personal y próximo en el tiempo ni a un tratamiento médico que lo autorizara. SE DECLARA: I.- Que se condena a ANDY STARLING CORTES ALOMIA, ya individualizado, a la pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena pecuniaria de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRÁFICO EN PEQUEÑAS CANTIDADES, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido el día de julio de , en la comuna de Santiago. Código: CZDXXSWXGPQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la pena privativa de libertad y la pena pecuniaria se dan ambas por CUMPLIDAS por el mayor tiempo privado de libertad bajo régimen cautelar de arresto domiciliario nocturno, abonándose un total de días en dicho período. Se ordena certificar el saldo de días restantes a favor del condenado. III.- No se condena en costas al sentenciado en aplicación de lo
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a ANDY STARLING CORTES ALOMIA, ya individualizado, a la pena privativa de libertad de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena pecuniaria de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, más accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRÁFICO EN PEQUEÑAS CANTIDADES, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido el día de julio de , en la comuna de Santiago. Código: CZDXXSWXGPQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la pena privativa de libertad y la pena pecuniaria se dan ambas por CUMPLIDAS por el mayor tiempo privado de libertad bajo régimen cautelar de arresto domiciliario nocturno, abonándose un total de días en dicho período. Se ordena certificar el saldo de días restantes a favor del condenado. III.- No se condena en costas al sentenciado en aplicación de lo dispuesto en el artículo del Código Orgánico de Tribunales. IV.- Se ordena el registro de huella genética del condenado previa toma de muestra biológica para efectos de su inserción en el Registro Nacional de Condenados. V.- Se ordena el comiso de las especies incautadas autorizándose desde ya a su destrucción o destinación según corresponda por el Ministerio Público, en particular la droga incautada, un celular Samsung color negro y la suma de $ . de dinero en efectivo. VI.- Dese oportuno cumplimiento a
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PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN LUIS SANCHEZ RIVERA RUC: - RIT: - IMPUTADO: ANDY STARLING CORTES ALOMIA C.I. - DELITO Tráfico en pequeñas cantidades ARTICULO ° de la ley . PARTICIPACIÓN AUTOR GRADO DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES Art. N° y N° AGRAVANTES Hechos: El día de Juli
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