C/ HEREMY ALEXANDER CÁCERES ESCUDERO
Rol
O-5186-2023
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
RESUMEN: TRIBUNAL : 15° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO RUC : 2301410955-2; RIT: 5186 - 2023 MATERIA : Receptación de Vehículo Motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal IMPUTADO : HEREMY ALEXANDER CÁCERES ESCUDERO DOMICILIO : Calle GENERAL ARRIAGADA 85 DPTO Nº 35, La Pintana C. DE IDENTIDAD : 21184857-K Fiscal : LEONARDO ZAMORA HERNANDEZ Defensor : RODRIGO MADARIAGA CORTEZ CIRC.MOD.RESP.PENAL : 11 Nº6 Y N°9 TIPO DE RESOLUCIÓN : ABREVIADO REGISTRO DE AUDIO : 2301410955-2-1234 Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticinco.
Fundamentos
Considerando: En cuanto a las modificatorias de responsabilidad, en este caso, le favorece la atenuante de irreprochable conducta anterior, establecida en el artículo 11 Nº6, ya que, objetivamente, al momento de ejecución de este hecho no contaba con condena previa por crimen o simple delito y también le favorece como atenuante la establecida en el artículo 11 N°9 del Código Penal, esto es, haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento del hecho la que ha sido reconocida expresamente por la fiscalía el día de hoy.
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a HEREMY ALEXANDER CÁCERES ESCUDERO, ya individualizado, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN días de presidio menor en su grado medio, con la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y a la pena de multa ascendente a 10 UTM a beneficio fiscal, todo ello por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Receptación De Vehículo Motorizado, perpetrado en la comuna de La Pintana el 24 de diciembre de 2023. II.- Que no concurriendo en este caso ninguno de los requisitos establecidos en la Ley 18.216 para la sustitución de las penas, la privativa de libertad debe cumplirla efectivamente privado de ella, sirviéndole de abono el día que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa, entre el 24 y 25 de diciembre de 2023. III.- Que se le exime del pago de las costas del procedimiento, por cuanto al haber admitido el término del mismo a través de las normas del procedimiento abreviado, ha evitado incurrir en los costos propios de un juicio oral al estado. Ejecutoriado este fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña María Angélica Rosén López, Jueza titular del Decimoquinto Juzgado de Garantía de Santiago. - Código: UWELXSGSLNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: UWELXSGSLNQ Este documento tiene firma electrónica y su origina
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RESUMEN: TRIBUNAL : 15° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO RUC : 2301410955-2; RIT: 5186 - 2023 MATERIA : Receptación de Vehículo Motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 Bis A del Código Penal IMPUTADO : HEREMY ALEXANDER CÁCERES ESCUDERO DOMICILIO : Calle GENERAL ARRIAGADA 85 DPTO Nº 35, La Pintana C. DE IDENTIDAD : 21184857-K Fiscal : LEONARDO ZAMORA HERNANDEZ Defensor : RODRIGO MADARIA
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