MP FISCALIA LOCAL C/ BASTIÁN ALEXANDER CORTÉS TAPIA
Rol
O-2492-2024
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 22 de agosto del año 2024, a eso de las 14:00 horas, personal de la Brigada Antinarcóticos y contra el crimen organizado de Punta Arenas, Policía de Investigaciones de Chile, mientras realizaba labores propias de su especialidad, en virtud de una orden de investigar emanada de la Fiscalía Local de Punta Arenas en causa Ruc N°2400985240-5, encontrándose en las cercanías del domicilio ubicado en calle Ramón Freire N° 0180 de esta ciudad, observan que llega al lugar una mujer, para ser recibida por el acusado BASTIAN ALEXANDER CORTES TAPIA. En esos instantes, personal de la Policía de Investigaciones se acerca, dándoles a conocer de la existencia de una orden de investigar en su contra, quien autoriza de manera voluntaria el ingreso a su domicilio ubicado en calle Ramón Freire N° 0180, de la comuna de Punta Arenas, procediendo personal de la Policía de Investigaciones, a ingresar al domicilio ya señalado, percatándose que en dicho lugar, específicamente en una dependencia del primer piso, había una habitación que en su interior mantenía dos sistemas de cultivo indoor de cannabis, observando 23 maceteros de color negro, de los cuales 22 de ellos mantenían brotes del genero cannabis germinadas. Continuando con la revisión del inmueble, en el segundo piso, en una habitación utilizada como bodega, se encontraron dos bolsas de papel color café, contenedoras de sustancia vegetal verdosa en estado seco a granel. En otra habitación, utilizada como dormitorio, se encontraron cinco recipientes, cuatro de plástico y uno de vidrio, los cuales Código: MGGDXSGYKDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contenían sustancia vegetal verdosa en estado seco a granel. Asimismo, se hace presente que se encontraron 2 balanzas digitales, y 263 bolsas de nylon transparentes tipo ziploc, comúnmente utilizadas para la dosificación de droga ilícita. En el interior de una caja metálica se encontró
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público ha formulado acusación en contra de BASTIAN ALEXANDER CORTÉS TAPIA, cédula nacional de identidad N° 19.054.096-0, domiciliado en calle Julián Fox Nº 0269, Población Pedro Aguirre Cerda de esta ciudad, representado por el abogado de la Defensoría Penal Pública doña Karina Ulloa Pérez, por los siguientes hechos: “El día 22 de agosto del año 2024, a eso de las 14:00 horas, personal de la Brigada Antinarcóticos y contra el crimen organizado de Punta Arenas, Policía de Investigaciones de Chile, mientras realizaba labores propias de su especialidad, en virtud de una orden de investigar emanada de la Fiscalía Local de Punta Arenas en causa Ruc N°2400985240-5, encontrándose en las cercanías del domicilio ubicado en calle Ramón Freire N° 0180 de esta ciudad, observan que llega al lugar una mujer, para ser recibida por el acusado BASTIAN ALEXANDER CORTES TAPIA. En esos instantes, personal de la Policía de Investigaciones se acerca, dándoles a conocer de la existencia de una orden de investigar en su contra, quien autoriza de manera voluntaria el ingreso a su domicilio ubicado en calle Ramón Freire N° 0180, de la comuna de Punta Arenas, procediendo personal de la Policía de Investigaciones, a ingresar al domicilio ya señalado, percatándose que en dicho lugar, específicamente en una dependencia del primer piso, había una habitación que en su interior mantenía dos sistemas de cultivo indoor de cannabis, observando 23 maceteros de color negro, de los cuales 22 de ellos mantenían brotes del genero cannabis germinadas. Continuando con la revisión del inmueble, en el segundo piso, en una habitación utilizada como bodega, se encontraron dos bolsas de papel color café, contenedoras de sustancia vegetal verdosa en estado seco a granel. En otra habitación, utilizada como dormitorio, se encontraron cinco recipientes, cuatro de plástico y uno de vidrio, los cuales Código: MGGDXSGYKDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contenían sustancia vegetal verdosa en estado seco a granel. Asimismo, se hace presente que se encontraron 2 balanzas digitales, y 263 bolsas de nylon transparentes tipo ziploc, comúnmente utilizadas para la dosificación de droga ilícita. En el interior de una caja metálica se encontró la suma de $373.000 en dinero en efectivo. Igualmente, se incautó un teléfono celular marca Apple, modelo IPhone 13, color celeste. De esta manera, el acusado BASTIÁN ALEXANDER CORTÉS TAPIA mantenía cultivos de plantas del género cannabis sativa correspondiendo a 22 plantas, no contando para ello con las autorizaciones que exige la ley. Así mismo, sometidas a las pruebas de orientación respectivas las sustancias incautadas, estas arrojaron coloración positiva para THC (tetrahidrocannabinol), y cuyo peso fue de 1 kilo con 195 gramos y 53 miligramos.” SEGUNDO: Que, el Ministerio Público atribuye responsabilidad criminal al acusado
Fallo
por lo expuesto, atendida la entidad de las minorantes de responsabilidad invocadas, se aplicará las penas privativas de libertad en los términos requeridos por el ente persecutor, toda vez que aquella resulta proporcional al hecho punible, teniendo en consideración la cantidad y pureza de la droga incautada y la flagrancia en que fue descubierta en su conducta, teniendo presente que la rebaja aplicada por el fiscal da cuenta que se tuvo en consideración a las circunstancias que se dieron por concurrentes. En cuanto a la pena pecuniaria, teniendo presente que el artículo 70 del Código Penal, permite morigerar sus efectos en caso que existan antecedentes que den cuenta de la limitación de facultades del imputado, en este caso, de acuerdo a lo argumentado por la defensa esa disminución de facultades económicas existe, atendido los antecedentes sociales y cargas familiares cuyas necesidades solventan, por lo cual, se rebajará la sanción en los términos que se dirá en lo resolutivo y se concederá plazo para su pago. DECIMO QUINTO: Que, en cuanto a la pena sustitutiva solicitada por la defensa, de libertad vigilada intensiva, se tiene presente que para estos fines que el imputado no cuenta con condenas anteriores; que la pena que arriesga atendida su aceptación del procedimiento abreviado figura dentro del límite temporal previsto en la ley, sus antecedentes sociales y laborales, tornan en innecesaria una ejecución o intervención efectiva de la pena privativa de libertad, estab
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Punta Arenas, cinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público ha formulado acusación en contra de BASTIAN ALEXANDER CORTÉS TAPIA, cédula nacional de identidad N° 19.054.096-0, domiciliado en calle Julián Fox Nº 0269, Población Pedro Aguirre Cerda de esta ciudad, representado por el abogado de la Defensoría Penal Pública
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