C/ JOSÉ FERNANDO MUÑOZ MARILICÁN
Rol
O-6340-2021
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos como los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de enero de 2025, en causas RIT 6543-2018, 2895-2019 y 6340-2021, se realizó audiencia de preparación de juicio oral respecto del acusado HÉCTOR JOSUÉ ALEJANDRO TOBAR FARÍAS, cédula de identidad N°20.222.111-4, domiciliado en calle Las Huaitecas Nº 774, comuna de Pudahuel, soltero, comerciante, quien se encontraba representado por el abogado defensor Víctor Providel Labarca, jefe de la defensoría penal pública; y ante la presencia del fiscal, Patricio Jory Echeverría; quienes de común acuerdo solicitaron al tribunal poder continuar con la tramitación de la causa, conforme a las normas del Procedimiento Abreviado. SEGUNDO: Que, de esta forma se dio lectura a las tres acusaciones que se habían presentado en cada una de las causas – las que tenían una data superior a 5 – por lo que se dieron por reproducidos tanto los hechos como los fundamentos que son del siguiente tenor: I.- Hecho 1. El día 27 de agosto de 2018, a las 16:15 horas aproximadamente, en la vía pública, esto es en la esquina de la Avenida Padre Hurtado con calle Iquique en la comuna de Estación Central, el imputado HÉCTOR JOSUÉ ALEJANDRO TOBAR FARÍAS, fue sorprendido por Carabineros conduciendo el vehículo marca Chery modelo Arrizo de color gris plata, placa patente JRVY-54, el cual mantenía encargo vigente por el delito de robo, encargo N°3939-08-2018, denuncia realizada el día 21 de agosto de 2018 en la 52ª Comisaría de Rinconada de Maipú, mediante el parte policial Nº 4554; conociendo o no pudiendo menos que conocer el imputado el origen ilícito del vehículo, debido a que lo mantenía con otra placa patente, la FVBV-25. Calificación jurídica y grado de desarrollo del delito. A juicio de la Fiscalía los hechos anteriormente descritos constituyen el delito de Receptación de vehículo motorizado contemplado en el artículo 456 bis A, inciso 3° del Código Penal, y en el cual corresponde al acusado participación en calidad de autor del mismo en grado de consumado. Código: NXTGXSKNBWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Hecho 2. El día 16 de abril de 2019, a las 14:06 horas, el imputado HÉCTOR JOSUÉ ALEJANDRO TOBAR FARÍAS, fue sorprendido en la intersección de las calles Mailef con Emisario 1, comuna de Estación Central, por Carabineros conduciendo el vehículo marca Nissan, modelo V16, color blanco, manteniendo su placa patente trasera repintada, y al verificar el número de chasis y motor, el primero se encuentra adulterado con masilla y pintado con spray; y el segundo borrado mediante desgaste, correspondiendo el chasis al N°3N1BEAB13SL000110 asociado a la placa patente única NY-6212 que mantiene encargo vigente por el delito de robo N°1189-04-2019, de fecha 4 de abril de 2019, según da cuenta el parte denuncia N°2394 efectuado por la víctima Adolfo Abraham González Aravena; donde el número de motor corresponde al N°GA16783312R, estando asociado a la placa patente única PG-348
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA, a HECTOR JOSUÉ ALEJANDRO TOBAR FARÍAS, ya individualizado, a las siguientes penas: 816 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de receptación del artículo 456 bis A del Código Penal en grado de consumado, respecto del vehículo placa patente única JRVY-54, por los hechos ocurridos el día 27 de agosto de 2018, en la comuna de Estación Central. 816 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de receptación del artículo 456 bis A del Código Penal, asociado a los vehículos placa patente única NY-6212 y PG-3484 y 100 días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado con placa patente perteneciente a otro vehículo, previsto y sancionado en el artículo 192 e) de la Ley 18.290, ambos en grado de desarrollo Código: NXTGXSKNBWP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de consumado, , por los hechos ocurridos el día 16 de abril de 2019, en la comuna de Estación Central. 816 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de receptación del artículo 456 bis A del Código Penal en grado de consumado, respecto del vehículo placa patente única HFZW-57, por los hechos ocurridos el día 29 de diciembre de 2021, en la comuna de Estación Central. II.- Que, se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público – por cada uno de los delitos – al tenor de lo que establece el
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Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 16 de enero de 2025, en causas RIT 6543-2018, 2895-2019 y 6340-2021, se realizó audiencia de preparación de juicio oral respecto del acusado HÉCTOR JOSUÉ ALEJANDRO TOBAR FARÍAS, cédula de identidad N°20.222.111-4, domiciliado en calle Las Huaitecas Nº 774, comuna de Pudahu
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