Juzgado de Garantía de Osorno

MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCISCO JAVIER SANTIBÁÑEZ HUEICHÁN

Rol

O-1118-2024

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 31 de marzo de 2024, a las 07.15 horas, en el interior del domicilio ubicado en calle Rolando Alarcón N°2430 de la ciudad de Osorno, FRANCISCO JAVIER SANTIBAÑEZ HUEICHÁN tras diversos insultos amenazó de forma seria y verosímil a su madre LLENY SOLEDAD HUEICHÁN VIDAL diciéndole “eres una maraca, una puta, te voy a matar y voy a matar a tu hueón”, dirigiéndose acto seguido hacia la cocina donde tomó un cuchillo, abalanzándose sobre ella y lanzándola sobre un sillón con ataques que dirigía hacia su persona, diciéndole nuevamente “te voy a matar, voy a quemar la casa, maraca, no tienes perdón”, logrando ella huir del lugar ante el fundado temor, pidiendo ayuda a Carabineros. Y

Fundamentos

considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6 y 9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 49, 50 y siguientes, 70, 296 N°3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 5 de la Ley N°20.066; artículo 3 y siguientes y 38 de la Ley N°18.216, y; demás normas legales que resulten aplicables,

Fallo

se declara: I. Que se condena a FRANCISCO JAVIER SANTIBÁÑEZ HUEICHÁN, cédula de identidad N°19.270.555-K, 28 años, temporero, soltero, domiciliado en Cormorán N°2039, Osorno; como autor del delito consumado de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal, en relación con los artículo 1, 4 y 5 de la Ley N°20.066; cometido en esta jurisdicción, el día 31 de marzo de 2024, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo; a la pena accesoria de suspensión de cargos y Código: FJEYXSUXXJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl oficios públicos durante el tiempo que dure la condena; y a la pena accesoria del artículo 9 letra b) y f) de la Ley N°20.066 por el término de un año. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, quedando sujeto al control del Centro de Reinserción Social de Osorno, por el lapso de un año, reconociéndose dos días de abono correspondiente a los días 23 de noviembre de 2024 y el 3 de febrero de 2025, para el evento de que la pena sustitutiva sea revocada. Queda notificado el sentenciado que debe presentarse ante Gendarmería de Chile de Osorno, dentro de 5° día posterior a aquél en que quede ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento de despacharse un orden de detención en su contra y debatir sob

Texto Completo (Preview)

RUC : 2400360940-1 RIT : 1118 - 2024 DELITO : Amenazas VIF NOMBRE DEL IMPUTADO : FRANCISCO J. SANTIBÁÑEZ HUEICHÁN PROCEDIMIENTO : Simplificado Osorno, cuatro de febrero de dos mil veinticinco Vistos Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: El día 31 de marzo de 2024, a las 07.15 horas, en el interior del domicilio u

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