C/ EDUARDO ANTONIO SOTO GARAY
Rol
O-2805-2024
Fecha
3 de febrero de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 11 de septiembre del año 2024, alrededor de las 23:00 horas, la víctima, Pablo Esteban Gallardo Vega, se encontraba frente a la puerta número 11 de la feria de Lo Valledor, ubicado en Maipú número 3301 de la comuna de Pedro Aguirre Cerda, al interior de su automóvil, placa patente JYZC-82 marca MG, instante en que fue colisionado por la camioneta Ford, modelo Ranger, placa patente JJJG-20, conducida por Pablo Esteban Gallardo Vega, quien se encontraba en compañía de Jocelyn Paulina Gutiérrez Riveros, instantes en que EDUARDO ANTONIO SOTO GARAY perdió el control del vehículo que conducía, marca Great Wall, placa patente RRDS-34, colisionando a los dos vehículos que lo antecedían. Como consecuencia del choque resultaron ambos vehículos con daños en su estructura y doña Jocelyn Paulina Gutiérrez Rivero con lesiones de carácter leves, además EDUARDO ANTONIO SOTO GARAY procedió a tomar un arma blanca tipo cuchillo que mantenía el interior de su camioneta, con el cual procedió a amenazar e intentar agredir a la víctima Pablo Esteban Gallardo Vega. Llegando personal de carabineros se percataron que se encontraba en evidente estado de ebriedad debido a su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, además se incautó desde el interior de dicha camioneta una botella de licor del tipo whisky y un arma blanca tipo cuchillo de 47 cm de longitud, se le practicó prueba respiratoria Alcohotest, la que arrojó como resultado de 1,32 G por litro de alcohol en la sangre y la posterior alcoholemia 1,69 gramos por litro de alcohol en la sangre. Código: FKXTXSSUCEP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Santiago, tres de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 3, 4, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 50, 70, 296 N° 3, 67 y siguientes del Código Penal, artículo 110, 196 de la Ley 18.290, artículo 395 y siguientes del Código
Fallo
se declara: I.- Se condena a EDUARDO ANTONIO SOTO GARAY, ya individualizado en esta causa, a las siguientes penas y por los ilícitos que a continuación se indican; a) como autor del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE DAÑOS Y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación al artículo 110, ambos de la Ley N°18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción, el día 11 de septiembre del año 2024, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, a la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años, sin costas. b) como autor del delito de AMENAZAS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en esta jurisdicción, el día 11 de septiembre del año 2024, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. II.- La multa se le tiene por cumplida, con el tiempo que estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es el día 12 de septiembre del año 2024. III.- Concurriendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al co
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RUC : 2401090430-3 RIT : 2805 - 2024 MAGISTRADO : GLORIA ALEJANDRA LOLAS BASUALDO NOMBRE IMPUTADO : EDUARDO ANTONIO SOTO GARAY CEDULA DE IDENTIDAD : 06073975-7 ANTECEDENTES : Fecha de nacimiento 25-12-1956 DOMICILIO : Calle Aranza Arangui Nº 1189, comuna de San Vicente de Tagua Tagua. FISCAL : CLAUDIA ALARCON CERDA DEFENSOR PRIVADO : TOMAS DE UNDURRAGA CARACCIOLI – RUT 15312481- 7 TRIBUNAL : 10º
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