15º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MANUEL HUMBERTO ROJAS CATRICURA

Rol

O-4184-2024

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

RESUMEN: RUC : 2401048768-0 RIT : 4184 - 2024 MATERIA : Robo por sorpresa Artículo 436 del Código Penal. IMPUTADO : MANUEL HUMBERTO ROJAS CATRICURA NACIONALIDAD : Chilena CEDULA DE IDENTIDAD : 17.228.340-3 DOMICILIO : Calle Isla Adelaida Nº 1464, San Bernardo. FISCAL : Maria Aviles Cordova DEFENSOR : Rodrigo Madariaga Cortes TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 30 de enero de 2025 MODIF. RESP. PENAL : No concurren TIPO DE RESOLUCIÓN : Abreviado Santiago, treinta de enero de dos mil veinticinco.

Fundamentos

Considerando Que, en relación a la forma de cumplimiento y a la solicitud de pena sustitutiva, estima este Tribunal, que si bien estamos en el rango que hace procedente la aplicación de la misma, lo cierto es que no se cuenta con antecedentes laborales y educacionales, punto que por cierto explicó y justificó el defensor, pero también no es menor y en eso nos hacemos eco de lo que dice el Ministerio Publico, la conducta anterior al hecho punible, de la que dan cuenta la serie de antecedentes en su extracto de filiación, hacen cuestionar en realidad la pertinencia y finalidad de la aplicación de la pena sustitutiva en el caso concreto, esto es letra b), por lo que se estima que no se cumple con los requisitos para hacer aplicación de ella. Resolución: I.- Que, se condena a MANUEL HUMBERTO ROJAS CATRICURA, ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS DÍAS (300), de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias de suspensión de todo cargo y oficio publico mientras dure la condena, por su responsabilidad en calidad de autor en el delito consumado de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, perpetrado con fecha 03 de septiembre de 2042, en jurisdicción de este Tribunal. II.- Que, en el caso en concreto, no cumpliéndose con los requisitos de la Ley 18.216, el cumplimiento de la misma ha de ser efectivo, considerándose a su favor el tiempo que ha permanecido privado de libertad por la presente causa, esto es, ciento cuarenta y ocho (148) días. III.- Que se exime al condenado de las costas de la causa, por haber sido defendido por la Defensoría Penal Publica y además haber aceptado el presente procedimiento. Ejecutoriado el fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Código: ETHSXSZYVWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: ETHSXSZYVWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-31T12:05:30-0300

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RESUMEN: RUC : 2401048768-0 RIT : 4184 - 2024 MATERIA : Robo por sorpresa Artículo 436 del Código Penal. IMPUTADO : MANUEL HUMBERTO ROJAS CATRICURA NACIONALIDAD : Chilena CEDULA DE IDENTIDAD : 17.228.340-3 DOMICILIO : Calle Isla Adelaida Nº 1464, San Bernardo. FISCAL : Maria Aviles Cordova DEFENSOR : Rodrigo Madariaga Cortes TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 30

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