8º Juzgado de Garantía de Santiago

CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO C/ INÉS DEL PILAR MEZA URBINA

Rol

O-926-2024

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y antecedentes de investigación que se expondrán en los siguientes términos: “El imputado Javier Alonso Sáez Paiva, es socio, gerente general y representante legal de la empresa Sociedad Comercial de Sistemas Eléctricos e Inversiones Ltda., en adelante Prontec Ltda., con domicilio en calle Varsovia N° 2784, comuna de Ñuñoa. Por otro lado, el Servicio Nacional de Geología y Minería, en adelante Sernageomin, es el organismo público técnico responsable de generar, mantener y divulgar información de geología básica, de regular y/o fiscalizar el cumplimiento de normativas mineras en materia de seguridad, propiedad y planes de cierre, para contribuir al desarrollo de la minería nacional. Es en dichas circunstancias que la jefatura de Sernageomin requirió el cambio de techumbre en las dependencias del Departamento de Laboratorios de Servicios, ubicadas en calle Til Til N° 1993, comuna de Ñuñoa, mediante la solicitud de adquisición N° 443/2016. Luego del correspondiente proceso de licitación pública, mediante Resolución Exenta N° 2429, de fecha 11 de noviembre de 2016 dicho trabajo fue adjudicado al proveedor Prontec Ltda., mediando la Orden de Compra N° 1562-1324-SE16, de fecha 11 de noviembre de 2016. Así, el imputado Sáez Paiva en representación de Prontec Ltda. emitió la factura N° 31, de fecha 29 de noviembre de 2016, a nombre de Sernageomin, bajo el concepto “provisión e instalación de trabajos de cambio de techo y trabajos de mejoramientos del Laboratorio del Servicio de calle Til Til N° 1993, Ñuñoa “, por la suma de $ 41.499.049., documento mercantil que Sáez Paiva con fecha 30 de noviembre de 2016 cedió a la empresa “Full Factoring SpA”, mediante la respectiva anotación en el registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas que lleva el Servicio de Impuestos Internos, Código: HHFXSTUHNN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl recibiendo el pago correspondiente

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 número 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 25, 30, 50, 65 a 69 y artículo 468, en relación con el artículo 467 del Código Penal; artículos 406, 407 y demás pertinentes Código Procesal Penal; se declara que: I.- Se condena al acusado JAVIER ALFONSO SAEZ PAIVA, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, ACCESORIA LEGAL DE SUSPENSION DE CARGO U OFICIO PÚBLICO MIENTRAS DURE LA PENA IMPUESTA; MULTA EQUIVALENTE A VEINTIÚN UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad como autor de un delito de ESTAFA , previsto y sancionado en el artículo 468 en relación al artículo 467 del Código Penal, en grado CONSUMADO, ocurrido el 30 de noviembre del 2016, fecha de cesión de la factura a Full Factoring spa, en la comuna de ÑUÑOA. II.- PENA SUSITUTIVA: Que cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 4 y siguientes de la ley 18.216, se reemplaza la pena de privación de libertad por la de REMISION CONDICIONAL DE LA PENA POR EL TÉRMINO DE TRES AÑOS, sujeto a la discreta observación y asistencia del Centro de Reinserción Social que Código: HHFXSTUHNN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl corresponda al domicilio del sentenciado, organismo perteneciente a Gendarmería de Chile. CRS SANTIAGO ORIENTE. III. EVENTUAL REVOCACION DE LA PENA. En el caso en que, por incumplimiento grave de la pena

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL OCTAVO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO. PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CONTRA JAVIER ALFONSO SAEZ PAIVA RUN 6376592-9 DOMICILIO AVENIDA MACUL 2178, MACUL DELITO RUC 1900445877-2 RIT 926-2024 Santiago, veintinueve de enero del dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, el Ministerio Público presentó acusación verbal en

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