Juzgado de Garantía de Linares

MP C/ MICHAEL DORIAN FREIRE FREIRE

Rol

O-1517-2024

Fecha

30 de enero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 22 de abril del año 2024, alrededor de las 03:50 horas, los acusados MICHAEL DORIAN FREIRE FREIRE y JOSÉ IGNACIO VALDÉS FARÍAS, cortaron los candados de las cortinas metálicas e ingresaron al interior del local comercial de nombre Steel, ubicado en calle Ignacio Chacón N° 915 de la comuna de Linares, sustrayendo desde el interior un notebook marca Lenovo, varios perfumes y una alcancía, todas de propiedad de Érica Bastias Rodríguez, avaluadas en la suma de $ 150.000, huyendo del lugar con las especies en su poder. El día 24 de julio del año 2024 aproximadamente a las 06:05 horas el acusado JOSÉ IGNACIO VALDÉS FARÍAS, forzó una de las ventanas de la caseta de cobro de parquímetros, sacándola desde su base, ubicada en calle Maipú N° 318 de la comuna de Linares, ingresando al interior de la caseta sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, un notebook marca Lenovo de color negro el que se encontraba encima de un estante de propiedad de la víctima Mauricio Andrés Grandon Norambuena, huyendo con la especie en su poder. Linares, treinta de enero de dos mil veinticinco. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y 9, 15, 18, 30, 432, 442 N° 1 del Código Penal, artículo 1, 45, 46, 47, 295, 407, 468 del Código Procesal Penal, Ley 18.216, se declara: Código: YQYYXSXXWMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se CONDENA a JOSE IGNACIO VALDES FARIAS, ya individualizado, A DOS PENAS DE SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, por su responsabilidad en calidad de autor de dos delitos consumados de robo en lugar no habitado, perpetrado el día 22 de abril de 2024 y 24 de julio de 2024 en la comuna de Linares. II.- Que cumpliéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al condenado el cumplimiento de las penas privativas

Fallo

se declara: Código: YQYYXSXXWMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se CONDENA a JOSE IGNACIO VALDES FARIAS, ya individualizado, A DOS PENAS DE SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las condenas, por su responsabilidad en calidad de autor de dos delitos consumados de robo en lugar no habitado, perpetrado el día 22 de abril de 2024 y 24 de julio de 2024 en la comuna de Linares. II.- Que cumpliéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al condenado el cumplimiento de las penas privativas de libertad por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, debiendo cumplir durante dicho período con las condiciones legales del artículo 5° de la Ley citada. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Linares dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso se la reemplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones de

Texto Completo (Preview)

RUC : 2400452832-4 RIT : 1517-2024 DELITO : Robo en lugar no habitado GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADO : JOSE IGNACIO VALDES FARIAS RUT N° : 20.229.920-2 DOMICILIO : Avenida Cardenal Raúl Silva Henríquez N° 1210 Linares FISCAL : Alexie Crisostomo Muñoz DEFENSOR : Camilo Bahamondes Oses PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : Artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal AGRAVANTES : No concurren HECH

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica