MUGA / I MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
C-4577-2021
Fecha
31 de agosto de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
RIT« » Foja: 1 FOJA: 17 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-4577-2021 CARATULADO : MUGA / I MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS. A folio 1, compareció MARIA ANTONIETA MUGA RODRIGUEZ, diseñadora, domiciliada en calle Baltazar Villalobos N° 1146, departamento C, comuna de Santiago, quien interpuso demanda de prescripción extintiva de derechos municipales de aseo domiciliario, en procedimiento ordinario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, corporación de derecho público, representada legalmente por don FELIPE ALESSANDRI VERGARA, abogado, en su calidad de Alcalde de dicha entidad, ambos domiciliados en la Ilustre Municipalidad de Santiago, ubicada para estos efectos en Plaza de Armas S/N Catedral 900, comuna de Santiago. A folio 10, consta estampado receptorial de fecha 16 de junio del 2021, que da cuenta de la notificación personal subsidiaria al demandado de la acción seguida en su contra. A folio 11 compareció el apoderado del demandado contestado la demanda, allanándose a la misma. A folio 21, se tiene por evacuado el traslado para la réplica y se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO. Primero: Que, la demandante solicitó la prescripción de los derechos municipales de aseo respecto del inmueble consistente en departamento letra C, del segundo piso del edifico ubicado en calle Baltazar Villalobos Nº 1146, de la comuna de Santiago, por el periodo a partir del giro municipal Nº 3087662, con vencimiento al día 15 de noviembre del año 1995, hasta el giro Nº 1800404887, con vencimiento al día 30 de abril de 2018.- más reajustes y multas. Segundo: Que, la Iustre Municipalidad de Santiago contestó la demanda y se allanó parcialmente a la prescripción extintiva de las acciones para el cobro de derechos de aseo respecto del inmueble consistente en departamento letra C, del segundo piso del edifico ubicado en calle Baltazar Villalobos Nº 114
Fundamentos
considerando los reajustes, intereses y multas. II.- Que se rechaza en lo demás la demanda interpuesta. III. Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. PRONUNCIADA POR DON LUIS EDUARDO QUEZADA FONSECA, JUEZ SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-31T14:45:57-0400
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además lo dispuesto en los artículos 578, 1437, 2514 y 2515 del Código Civil; 7, 144, 160, 170 y 703 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda sólo en cuanto se declara la prescripción de las acciones para el cobro de los derechos de aseo domiciliario, respecto del inmueble consistente en departamento letra C, del segundo piso del edifico ubicado en calle Baltazar Villalobos Nº1146, de la comuna de Santiago, correspondientes a las cuotas con vencimiento en el periodo comprendido entre el 15 de noviembre de 1995 al 31 de mayo del año 2016, ambos inclusive, considerando los reajustes, intereses y multas. II.- Que se rechaza en lo demás la demanda interpuesta. III. Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. PRONUNCIADA POR DON LUIS EDUARDO QUEZADA FONSECA, JUEZ SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar do
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 17 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-4577-2021 CARATULADO : MUGA / I MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS. A folio 1, compareció MARIA ANTONIETA MUGA RODRIGUEZ, diseñadora, domiciliada en calle Baltazar Villalobos N° 1146, departamento C, comuna de Santiago, quien interpus
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