7º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ YILVER EDWIN VENTE

Rol

O-569-2024

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

LESIONES LEVES ART. 494 N° 5, ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 13 de enero de 2024, a las 18:30 horas, aproximadamente, en el interior de la Plaza de Armas de Santiago, Comuna de Santiago, el imputado YILVER EDWIN VENTE, se acercó a la víctima CRISTOPHER PABLO RAUBER OYARCE, ofreciéndole servicios sexuales, y de forma intempestiva le introdujo sus manos en los bolsillos de las vestimentas de Código: JXPMXSEUXLN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la víctima, sustrayéndole su teléfono celular marca Samsung, modelo A4, color negro, Compañía Wom, avaluado en la suma de $60.000, el que luego entregó a otras personas que lo acompañaban. En esas circunstancias, la víctima detuvo al imputado, quien lo agredió con golpes de mano para liberarse, producto de lo cual la víctima resultó con excoriaciones en antebrazo izquierdo, equimosis en cara anterior de antebrazo izquierdo, lesiones de carácter leve. SE DECLARA: I.- Que se condena a YILVER EDWIN VENTE, extranjero, ya individualizado, en calidad de AUTOR de los delitos de ROBO POR SORPRESA y de LESIONES LEVES, previstos y sancionados en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal y artículo 494 N° 5 del Código Penal respectivamente, en grado de desarrollo consumados, ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 13 de enero de 2024, a sufrir las siguientes penas: POR EL DELITO DE ROBO POR SORPRESA: 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, de conformidad al artículo 30 del Código Penal. POR EL DELITO DE LESIONES LEVES: MULTA DE 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Respecto del cumplimiento de la pena corporal, de conformidad al artículo 34 de la Ley 20.603 y por cumplirse con los requisitos legales, se sustituyen dichas penas con la pena de expulsión del territorio nacional, por lo que el sentenciado deberá permanecer internado en el centro penitenciario bajo la custodia de Gendarmería de C

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a YILVER EDWIN VENTE, extranjero, ya individualizado, en calidad de AUTOR de los delitos de ROBO POR SORPRESA y de LESIONES LEVES, previstos y sancionados en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal y artículo 494 N° 5 del Código Penal respectivamente, en grado de desarrollo consumados, ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 13 de enero de 2024, a sufrir las siguientes penas: POR EL DELITO DE ROBO POR SORPRESA: 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, de conformidad al artículo 30 del Código Penal. POR EL DELITO DE LESIONES LEVES: MULTA DE 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Respecto del cumplimiento de la pena corporal, de conformidad al artículo 34 de la Ley 20.603 y por cumplirse con los requisitos legales, se sustituyen dichas penas con la pena de expulsión del territorio nacional, por lo que el sentenciado deberá permanecer internado en el centro penitenciario bajo la custodia de Gendarmería de Chile, hasta que se materialice definitivamente la ejecución de su expulsión, la cual estará a cargo del Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, conjuntamente con el Departamento de Policía Internacional de Policía de Investigaciones de Chile, debiéndose llevar a cabo dentro del plazo de 120 días. Código: JXPMXSEUXLN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valida

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN AZÓCAR CARMONA RUC: 240005455-0 RIT: 569-2024 IMPUTADO YILVER EDWIN VENTE (Nombre Registral) ESTRELLA DULCE VENTE (Nombre Social) C.I. 14.890.751-K FECHA DE NACIMIENTO 19/10/1983 DIRECCION Calle Victoria Subercas

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