10º Juzgado de Garantía de Santiago

ROSSANA ELISA ZARATE SEGOVIA C/ VÍCTOR MAURICIO CISTERNA FUENZALIDA

Rol

O-820-2024

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

ABANDONO O MALTRATO ANIMAL ART.291 BIS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 02 de julio de 2023, a las 23:57 horas aproximadamente, en los alrededores del Mercado lo Valledor, ubicado en Av. Maipú N° 3301, comuna de Pedro Aguirre Cerda, los imputados WILLIAM CACERES HERNANDEZ y VICTOR MAURICIO CISTERNAS FUENZALIDA, procedieron a descender del vehículo PPU. TW.7425, y a sabiendas abandonaron en una caja a 03 animales, caninos, para posteriormente darse a la fuga, dejándolos en completo abandono y desamparo. Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente en los artículos: 1, 11, 15, 49, 70, 291 bis, 291 ter, del Código Penal, artículo 1, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 3 y 4 Ley 18.216, , se declara: l.- Que se condena a VÍCTOR MAURICIO CISTERNA FUENZALIDA y a WILLIAM FRANCISCO CÁCERES HERNÁNDEZ, ya individualizados en esta causa, como autores del delito de maltrato o abandono animal, previsto y contemplado en el artículo 291 bis, inciso final, en relación con el artículo 291 ter del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en la comuna de Lo Espejo el día 02 de julio de 2023, a sufrir cada uno la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión Código: DLXEXSXSBKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas por estar asistido por un defensor penal público en la audiencia. II.- La multa impuesta a cada uno se les tiene por cumplida, con el día 04 de mayo de 2024 que pasaron a audiencia de control de la detención. III.- Concurriendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye a ambos el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujetos al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, el Centro de Reinserción

Fallo

se declara: l.- Que se condena a VÍCTOR MAURICIO CISTERNA FUENZALIDA y a WILLIAM FRANCISCO CÁCERES HERNÁNDEZ, ya individualizados en esta causa, como autores del delito de maltrato o abandono animal, previsto y contemplado en el artículo 291 bis, inciso final, en relación con el artículo 291 ter del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, ocurrido en la comuna de Lo Espejo el día 02 de julio de 2023, a sufrir cada uno la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión Código: DLXEXSXSBKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal de un tercio de unidad tributaria mensual, sin costas por estar asistido por un defensor penal público en la audiencia. II.- La multa impuesta a cada uno se les tiene por cumplida, con el día 04 de mayo de 2024 que pasaron a audiencia de control de la detención. III.- Concurriendo los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye a ambos el cumplimiento de la sanción privativa de libertad, por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujetos al control de la autoridad administrativa de Gendarmería de Chile, el Centro de Reinserción Social que corresponda, por el plazo de UN AÑO, debiendo asimismo cumplir con las demás condiciones previstas en el artículo 5° de la citada Ley. Si la pena sustitutiva le fuere revocada, queb

Texto Completo (Preview)

RUC : 2300732788-9 RIT : 820 - 2024 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : VÍCTOR MAURICIO CISTERNA FUENZALIDA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0017692256-7 DOMICILIO NOMBRE IMPUTADO CÉDULA DE IDENTIDAD DOMICILIO : : : : 17 SUR Nº 3973, comuna de Lo Espejo. WILLIAM FRANCISCO CÁCERES HERNÁNDEZ 0011524025-0 5 ORIENTE Nº 6260, comuna de Lo Espejo. FISCAL : CARLOS URRUTIA GUTIÉRREZ DEF

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