7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTIAN ANDRÉS VERA ARAYA

Rol

O-7073-2024

Fecha

29 de enero de 2025

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 16 de junio de 2024, aproximadamente a las 11:50 horas, en la intersección de calles San Francisco y Bio Bio, en la comuna de Santiago, el imputado CRISTIAN ANDRES VERA ARAYA, amenazó en términos serios y verosímiles a los funcionarios de carabineros LUIS DURAN TORO y CRISTIAN CARRASCO LEDEZMA, quienes se encontraban en el ejercicio de sus funciones, manifestándoles entre insultos y al tiempo que mantenía un cuchillo en las manos: PACOS CULIAOS, SI SE ACERCAN LOS MATO. SE DECLARA: I.- Que, se condena a CRISTIAN ANDRÉS VERA ARAYA, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO, por su responsabilidad como AUTOR del delito de AMENAZAS A CARABINEROS, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 16 de junio del año 2024. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social Santiago Sur II por el lapso de un año. El condenado deberá presentarse al respectivo CRS una vez que recupere su libertad en la causa que actualmente lo mantiene en prisión preventiva, consecuentemente se suspende la ejecución de la pena sustitutiva. III.-Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime del pago de costas, por haber evitado la realización de un juicio oral. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Código: CLBNXSXVCKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Cód

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a CRISTIAN ANDRÉS VERA ARAYA, ya individualizado, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MÁXIMO, por su responsabilidad como AUTOR del delito de AMENAZAS A CARABINEROS, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 16 de junio del año 2024. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta por la Remisión Condicional, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social Santiago Sur II por el lapso de un año. El condenado deberá presentarse al respectivo CRS una vez que recupere su libertad en la causa que actualmente lo mantiene en prisión preventiva, consecuentemente se suspende la ejecución de la pena sustitutiva. III.-Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime del pago de costas, por haber evitado la realización de un juicio oral. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renuncian a los plazos. Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Código: CLBNXSXVCKN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguient

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Abreviado FECHA: Santiago, veintinueve de enero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 2400689289-9 RIT: 7073 - 2024 IMPUTADO: CRISTIAN ANDRÉS VERA ARAYA C.I. 0017666134-8 DELITO AMENAZAS A CARABINEROS ARTICULO Artículo art. 417 cód. Justicia Militar PARTICIPACIÓN Autor G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUA

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