Juzgado de Letras de San Javier

ORELLANA/

Rol

V-17-2021

Fecha

30 de agosto de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que comparece CLAUDIO ANTONIO ORELLANA SALGADO, trabajador dependiente, c dula nacional de identidad N 14.021.303-1, domiciliado en Poblaci né ° ó Los Conquistadores, Pasaje Bolonia N 159, de la comuna de Villa Alegre, y viene en° presentar solicitud de solicitar rectificaci n del t tulo que corre inscrito a nombre deló í suscrito, a fojas 345 N 426, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesº Ra ces de San Javier, correspondiente al a o 2011, por las consideraciones de hecho yí ñ de derecho que pasa a exponer: Se ala que es due o del LOTE UNO, resultante de la subdivisi n del resto oñ ñ ó parte de la parcela n mero dieciocho, del proyecto de parcelaci n Cunaco, ubicado enú ó la comuna de Villa Alegre, que seg n plano de subdivisi n, aprobado por el servicioú ó agr cola y ganadero, el cual se encuentra agregado en la notaria de Linares de doní Hern n Cuadra Gazmuri, bajo el n mero cuarenta y seis b, al final del registro deá ú Instrumentos P blicos del cuatro Bimestre del a o dos mil nueve, del que se encuentraú ñ archivada una copia bajo el n mero 225 del registro de propiedad del a o 2009 delú ñ Conservador de Bienes Ra ces de San Javier, dicho lote uno, de conformidad a suí inscripci n tiene una superficie de una coma cuarenta hect reas y deslinda seg n plano:ó á ú al NORTE, en cuarenta y un metros setenta y cuatro metros y noventa y ocho metros en l nea irregular con resto del predio; SUR, con copa de agua, varios propietarios deí por medio; ORIENTE, en ciento catorce metros, con camino interior que lo separa de Leoncio Lillo; y al PONIENTE, en ciento treinta y un metros con varios propietarios, dicha propiedad se encuentra inscrita a fs. 345 N 426 del Registro de Propiedad delº Conservador de Bienes Ra ces de San Javier, correspondiente al a o 2011.í ñ Expresa que adquiri el citado inmueble por compra a don Patricio Ganaó Benavente, seg n consta en la escritura otorgada en San Javier, ante el notario donú Gerardo Navarro Escala, de fecha 15 de

Fallo

Por tanto, la diferencia deñ ó ñ superficie se debe nica y exclusivamente a la imprecisi n con que se declar laú ó ó superficie del inmueble, siendo la superficie real y efectiva, conforme a los deslindes hist ricos de una antig edad superior a los 10 a os, la que se declara y expresa en eló ü ñ plano predial que acompa a a esta presentaci n. As las cosas, el inmueble de suñ ó í propiedad, es decir el Lote UNO del plano de subdivisi n, tiene una superficie de 1,7578ó hect reas.á Alude que dado lo anterior y previo a acreditar los hechos expuestos, procede que se declare que la superficie real y efectiva del inmueble es la se alada en el p rrafoñ á anterior, ordenando al se or Conservador de Bienes Ra ces de San Javier, que haga unañ í anotaci n al margen de la inscripci n de dominio de la superficie que corresponde aló ó inmueble y proceda archivar copia autorizada de la sentencia que se dicte y de la certificaci n de encontrarse ejecutoriada.ó Hace presente que la diferencia de superficie expuesta precedentemente, afecta nica y exclusivamente al inmueble individualizado precedentemente, y no afecta deú modo alguno, derechos de terceros, ya que tal diferencia solo afecta a su propiedad. Cita los art culos 78 del Reglamento del Registro Conservatorio; art culos 649,í í 650 y 652 del C digo Civil, y otras disposiciones que resultaren aplicables en la especieó y declarar que el inmueble de su propiedad, inscrito a fs. 345 N 426, del Registro de° Propiedad del Conservador de Bie

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 7 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Javier CAUSA ROL : V-17-2021 CARATULADO : ORELLANA/ San Javier, treinta de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: Que comparece CLAUDIO ANTONIO ORELLANA SALGADO, trabajador dependiente, c dula nacional de identidad N 14.021.303-1, domiciliado en Poblaci né ° ó Los Conquistadores, Pasaje Bolonia N 159, de l

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