17º Juzgado Civil de Santiago

LEASING PATAGONIA S.A/MORALES

Rol

C-6008-2020

Fecha

30 de agosto de 2021

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 03 de junio de 2020, a trav s de presentaci n realizadaé ó mediante la oficina judicial virtual, rectificada por otra presentaci n deó fecha 09 de junio de 2020, en autos sobre medida prejudicial precautoria de retenci n, comparece don Esteban Garc a Nadal, abogado, enó í representaci n de ó LP Leasing y Servicios Financieros S.A., sociedad del giro de su denominaci n, todos con domicilio en calle La Bolsa N 81, pisoó ° 6, ciudad de Santiago, Regi n Metropolitana, quien deduce ó demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro deó rentas adeudadas, restituci n de bienes arrendados e indemnizaci n deó ó perjuicios, en contra de Inversiones Australes SpA, sociedad del giro de su denominaci n, rol nico tributario N 76.605.584-2, en su calidad deó ú ° arrendataria, representada por don Roberto Hern n Rodr guez Silva,á í chileno, casado, separado de bienes, empresario, c dula de identidad Né ° 10.577.000-6, y en contra de don Roberto Hern n Rodr guez Silva, yaá í individualizado y de Rodrigo Morales Calder n, chileno, casado, separadoó de bienes, ingeniero comercial, c dula de identidad N 10.512.329-9, todosé ° con domicilio en calle Estado N 57, oficina 605, comuna y ciudad de° Santiago, Regi n Metropolitana. ó Expone que con los demandados se celebraron 5 contratos de arrendamiento, a saber: A.- Contrato de fecha 28 de marzo de 2017, N 2922, celebrado por° instrumento privado autorizado en la Notar a de Santiago de don F lix Jaraí é Cadot, d ndose en arrendamiento a la demandada un bus marca Kingá Long, plaza patente nica JCCL.12.7, por un plazo de 61 meses, contadosú desde la fecha de celebraci n del contrato, conforme a la cl usula 11 . Laó á ° renta mensual de arrendamiento se fij : Uno) La primera renta deó arrendamiento se convino en la suma equivalente en pesos moneda corriente nacional de curso legal a UF 564,25.- m s IVA. Las siguientes 60á rentas mensuales de arrendamiento fueron convenidas en la suma equivalen

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos comparece don Esteban Garc a Nadal,í abogado, en representaci n de LP Leasing y Servicios Financieros S.A.,ó quien demanda la terminaci n de contrato de arrendamiento por no pagoó de rentas, cobro de rentas adeudadas, restituci n de bienes arrendados eó indemnizaci n de perjuicios a Ió nversiones Australes SpA, representada por don Roberto Hern n Rodr guez Silva, en su calidad de arrendataria, y ená í contra de don Roberto Hern n Rodr guez Silva y de don Rodrigo Moralesá í Calder n, estos ltimos en su calidad de fiadores y codeudores solidarios, deó ú conformidad a los argumentos de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, se tuvo por contestada la demanda, en rebeld a de los demandados, hecho que constituye aquello queí la doctrina denomina contestaci n ficta , esto es, que el silencio procesal“ ó ” de la parte demandada, debe interpretarse como una negaci n de todos yó cada uno de los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensi n, deó modo que corresponder tenerlos por controvertidos.á TERCERO: Que, seg n fluye de los art culos 1915 y 1942 delú í C digo Civil el arrendamiento es un contrato bilateral por medio del cualó una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar, a cambio, un precio o renta determinada, siendo esta ltima la principal obligaci n que contrae. ú ó CUARTO: Que, atendida la naturaleza de la acci n deducida,ó corresponde al actor probar la existencia del contrato y de las obligaciones contra das por los demandados en cuyo incumplimiento funda la acci n, yí ó es de cargo de estos ltimos probar que las han cumplido.ú QUINTO: Que, en orden a acreditar lo correspondiente, el demandante acompa , la siguiente prueba instrumental, no objetada, lañó que se encuentra en el cuaderno de medida prejudicial, y que resulta pertinente para la resoluci n de la pretensi n incoada: 1) Copia de contratoó ó de arrendamiento con opci n de compra OP. 2922, fechado el 28 de marzoó de 2017; 2) Copia de declaraci n de recibo y aceptaci n asociada aló ó contrato de arrendamiento N 2922, suscrito por Inversiones Australes SpA.° El documento si bien indica descripci n del bien recibido, no indica fechaó de su otorgamiento; 3) Copia de contrato de arrendamiento con opci n deó compra OP. 2923, fechado el 28 de marzo de 2017; 4) Copia de declaraci n de recibo y aceptaci n asociada al contrato de arrendamientoó ó N 2923, suscrito por Inversiones Australes SpA. El documento si bien° indica descripci n del bien recibido, no indica fecha de su otorgamiento; 5)ó Copia de contrato de arrendamiento con opci n de compra OP. 2924,ó fechado el 28 de marzo de 2017; 6) Copia de declaraci n de recibo yó aceptaci n asociada al contrato de arrendamiento N 2924, suscrito poró ° C-6008-2020 Foja: 1 Inversiones Australes SpA. El documento si bien indica descripci n del bienó recibido, no indica fecha de su otorgamiento; 7) Copia

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 1437, 1444,í 1511 y siguientes, 1545, 1698, 1706 y 1915 y siguientes, y 2335 y siguientes del C digo Civil, 144, 160, 170, 680 del C digo de Procedimiento Civil seó ó resuelve: I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta con fecha 03 de junio de 2020, rectificada por presentaci n de fecha 09 de junio deó 2020, por don Esteban Garc a Nadal, abogado, en representaci n de LPí ó Leasing y Servicios Financieros S.A, en contra de Inversiones Australes SpA, representada por don Roberto Hern n Rodr guez Silva, en su calidadá í de arrendataria, y en contra de don Roberto Hern n Rodr guez Silva y doná í Rodrigo Morales Calder n, estos ltimos en su calidad de fiadores yó ú codeudores solidarios, declar ndose terminado los contratos deá arrendamientos operaciones N 2922, 2923, 2924, 2925 y 2926, celebrados° entre las partes con fecha 28 de marzo de 2017, respecto de los bienes objeto de cada uno de esos contratos; II.- Que respecto de la restituci n de los bienes, deber estarse a loó á se alado en el motivo 8 de esta sentencia; ñ ° III.- Que se condena a Inversiones Australes SpA, representada por don Roberto Hern n Rodr guez Silva, en su calidad de arrendataria, y aá í don Roberto Hern n Rodr guez Silva y don Rodrigo Morales Calder n,á í ó estos ltimos en su calidad de fiadores y codeudores solidariosú , a pagar las siguientes prestaciones, conforme al siguiente detalle: A.- Respecto del contrato operaci n N 2922:ó ° Se

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C-6008-2020 Foja: 1 FOJA: 89 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6008-2020 CARATULADO : LEASING PATAGONIA S.A/MORALES Santiago, treinta de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 03 de junio de 2020, a trav s de presentaci n realizadaé ó mediante la oficina judicial virtual, rectificada por otra presentaci n deó fecha 09 de junio de 202

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