2º Juzgado de Garantía de Santiago

ANDRÉS IVÁN BENAVIDES SCHILLER C/ JORGE LUIS MORAGA PEÑA

Rol

O-3242-2023

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

APROPIACION INDEBIDA ART.470 N°1

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: En el año 2008, VICTORIA DEL ROSARIO VALDEBENITO MUÑOZ y JOSE LUIS MORAGA PEÑA se desempeñaban como contadora y jefe de logística, respectivamente, de la empresa Metal Luz, domiciliada en José Joaquín Perez 2979, comuna de Renca, ejerciendo, entre sus funciones, VALDEBENITO la confección y entrega de cheques por concepto de pago a proveedores y JORGE MORAGA, la elaboración de las órdenes de compra necesarias para dichos pagos. Entre los meses de Julio de 2019 y febrero de 2020, y abusando de sus funciones, JOSE LUIS MORAGA PEÑA creaba una orden de compra falsa con cargo a un proveedor previamente registrado en los sistemas informáticos de Metal Luz. Esta orden de compra era recibida por VICTORIA VALDEBENITO MUÑOZ, quien, coludida previamente con MORAGA PEÑA y a sabiendas de la falsedad del documento, le daba curso y elaboraba el cheque correspondiente a nombre de CLAUDIA GUERRERO TRIVIÑO —cónyuge de MORAGA PEÑA—, quien no era proveedora de Metal Luz, y quien procede finalmente a cobrar dicho documento, según el siguiente detalle: CUENTA CORRIENTE CHEQUE FECHA MONTO 4140797 28.07.2019 3.749.095 Código: YXZXXSXQJTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 202034560 BANCO ITAU 6900411 07.02.2019 6.661.466 6900413 18.01.2019 3.960.529 8080542 11.01.2020 3.309.687 6900412 18.01.2019 5.982.260 6900035 26.10.2018 8.652.000 6900297 26.11.2018 4.890.360 8080541 07.12.2019 3.309.688 8080460 16.11.2019 2.962.743 163119501 BANCO SECURITY 9140608 26.08.2018 6.587.860 9140241 26.06.2018 3.651.803 9140515 26.05.2018 1.851.090 9140559 26.06.2018 5.103.863 9140561 26.06.2018 6.052.630 9140609 26.09.2018 6.004.105 TOTAL 75.311.822 SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIA CAROLYN GUERRERO TRIVIÑO, ya individualizada a la pena de QUINIENTOS CUARENTA DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en s

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIA CAROLYN GUERRERO TRIVIÑO, ya individualizada a la pena de QUINIENTOS CUARENTA DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de cómplice del delito consumado de apropiación indebida, previsto y sancionado en el artículo 470 N°1 en relación con el artículo 467 inciso final, ambos del Código Penal, por los hechos ocurridos entre los meses de Julio de 2019 y febrero de 2020, en la comuna de Renca. II.- Que, se condena a JORGE LUIS MORAGA PEÑA ya individualizado a la pena de TRES AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, MULTA DE DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito consumado de apropiación indebida, previsto y sancionado en el artículo 470 N°1 en relación con el artículo 467 inciso final, ambos del Código Penal, por los hechos ocurridos entre los meses de Julio de 2019 y febrero de 2020, en la comuna de Renca. III.- Que, la pena corporal, respecto de ambos sentenciados, se sustituye por la de remisión condicional (artículo 4 Ley N°18.216), quedando sujeta al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, por el plazo de las penas privativas de libertad impuestas, debiendo cumplir durante ese período con las condiciones del ar

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ANA KARINA REYES ALVARADO RUC: 2000591017-0 RIT: 3242-2023 IMPUTADO: CLAUDIA CAROLYN GUERRERO TRIVIÑO C.I. 13237593-3 FECHA DE NAC. 10/06/1977 DIRECCION Avenida El Montijo casa 38 Nº 1290, Renca. DELITO Apropiación Indebida A

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