27º Juzgado Civil de Santiago

ARRENDAMIENTOS LIRA 320 SPA/

Rol

V-171-2021

Fecha

30 de agosto de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Cristi n Retamal Mandujano, en representaci n deá ó ARRENDAMIENTO LIRA 320 SpA., sociedad del giro de su denominaci n, RUT N 76.454.229-1, ambos domiciliados en Flor deó ° Azucenas 111, comuna de Las Condes, solicitando al tribunal que ordene entregar a su representada el inmueble abandonado que indica, sin forma de juicio y previa certificaci n de su abandono por Ministro de Fe, en losó t rminos dispuestos en el inciso 2 del art culo 6 de la Ley 18.121.é ° í Funda su solicitud en que su representada es due a del departamentoñ 818 del Edificio Lira 320, ubicado en calle Lira 320, comuna de Santiago, el cual se encuentra inscrito a fojas 62.822 N 90.138 en el Registro de° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 2017.í ñ Refiere que por instrumento de fecha 25 de enero de 2021 su representado celebr con don Hern n Dar o Rojas Hern ndez un contratoó á í á de arrendamiento sobre la propiedad antes se alada, incluyendo losñ artefactos, instalaciones y especies que se individualizan en el inventario y que forman parte del contrato suscrito por las partes. Agrega que en la cl usula tercera del referido contrato se estipul que su duraci n ser a de 12á ó ó í meses a contar del 28 de enero de 2021 y que se renovar aí autom ticamente en los mismos t rminos, por per odos iguales y sucesivos, aá é í menos que cualquiera de los contratantes comunicara al otro su intenci nó de ponerle t rmino con a lo menos 30 d as de anticipaci n a trav s de cartaé í ó é certificada dirigida al domicilio de la otra parte o mediante el correo indicado en la cl usula vig sima del contrato.á é Se ala que en el mes de mayo los conserjes de turno en el edificio leñ informaron que el arrendatario hab a abandonado el inmueble arrendadoí hac a un tiempo, sin previo aviso y sin restituirlo a su representado y siní haber realizado la entrega de las llaves. Como

Fundamentos

fundamentos de derecho para su solicitud invoca el inciso 2 del art culo 6 de la Ley 18.101, precepto seg n el cual corresponde que seí ú ordene sus restituci n, previa certificaci n del Ministro de Fe.ó ó CONSIDERANDO.- PRIMERO: Que con el contrato acompa ado a los autos se acredita queñ con fecha 25 de enero de 2021 Arrendamiento Lira 320 SpA , con fecha“ ” Foja: 1 25 de enero de 2021 dio en arrendamiento a don Hern n Dar o Rojasá í Hern ndez, el departamento 818 del Condominio de 320 ubicado en Liraá 320, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana.ó SEGUNDO: Que se acredita con el atestado de la Receptora Judicial, do añ Zayda Rodr guez Fuentes que con fecha 5 de agosto de 2021 sta seí é constituy en calle Lira N 320, dpto. 818, comuna de Santiago y constató ° ó que dicho inmueble se encuentra abandonado, sin ocupantes, siendo informado por una persona adulta, do a Andreina Cuffaro, administradorañ del edificio. Y, de conformidad con el inciso segundo del art culo 6 de la Leyí 18.101,

Fallo

se declara: Que ha lugar a la entrega del inmueble ubicado en calle Lira N 320,° departamento 818, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana al solicitanteó Arrendamiento Lira 320 SpA y/o a quien sus derechos represente.“ ” Pract quese la entrega del inmueble por Receptor Judicial, quiení deber levantar acta de la diligencia, en especial consignando si existená bienes en el interior del mismo, los que en caso afirmativo quedar n ená dep sito y responsabilidad del solicitante, al tenor de lo dispuesto en eló art culo 6 de la Ley 18.101.í Reg strese.í PRONUNCIADA POR DO A XIMENA D AZ GUZM N,Ñ Í Á SECRETARIA TITULAR. AUTORIZA DON CHRISTIAN VIERA NARANJO, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Agosto de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-30T10:47:09-0400

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Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-171-2021 CARATULADO : arrendamientos lira 320 SpA/ Santiago, treinta de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: Comparece don Cristi n Retamal Mandujano, en representaci n deá ó ARRENDAMIENTO LIRA 320 SpA., sociedad del giro de su denominaci n, RUT N 76.454.229-1, ambos domiciliados en Flor deó

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