C/ FREDDY ALEJANDRO SAN MARTÍN CURÍN
Rol
O-775-2023
Fecha
28 de enero de 2025
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante, ha presentado la Fiscal adjunto doña María Verónica Muñoz Pinto, domiciliada en calle San Juan Bosco N°2026 de la comuna de Concepción, formulando acusación en contra del imputado FREDDY ALEJANDRO SAN MARTÍN CURÍN, c cédula de identidad N°16.760.724-1, fecha de nacimiento 14 de febrero de 1988, comerciante ambulante, domiciliado en Avenida Lomas de San Andrés, Torreones 1731, Torre E, depto. Nº318, Concepción, teléfono 86711157, por atribuirle responsabilidad en calidad de autor en el delito de RECEPTACION DE VEHICULO MOTORIZADO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A inc 3º del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO. El Ministerio Público en la audiencia de preparación de juicio oral solicitó continuar la causa según las normas del procedimiento abreviado, petición a que se le dio lugar por reunirse los requisitos legales. En ella estuvieron ininterrumpidamente presentes esta Juez, la Fiscal señora Aileen Guzmán Castillo, el acusado FREDDY ALEJANDRO SAN MARTÍN CURÍN y su Abogado Defensor doña María Cecilia Solas Infante. PRIMERO: Que los hechos en que fundamenta la acusación el Ministerio Público son los siguientes: El día 27 de junio del año 2023, aproximadamente a las 1450 horas, el acusado Freddy San Martin Curin, se desplazaba en la camioneta marca Mitsubishi , modelo L 200, color rojo PPU CDRH-47 la cual había sido sustraída previamente desde la comuna de Concepcion, desplazamiento que realizaba por Manuel Rodriguez al llegar a la altura de calle Manquimávida de la Comuna de Chiguayante, para continuar su desplazamiento has6a que finalmente es detenido en calle Independencia con pasaje La Higuera de la misma comuna, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de esta especie que habría sido sustraída a las 14:30 horas de un estacionamiento pagado del centro de Concepcion, la especie fue avaluada por la víctima don Nicolas Court Verschae en la suma de $15.000000. Los hechos
Fallo
fallo y la participación descritas y atribuidas en la acusación por el Ministerio Público, las que se dan por íntegramente reproducidas. CON LO SEÑALADO Y TENIENDO PRESENTE ADEMÁS lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 15 N° 1, 24 30, 67, 456 bis a inciso 3 del Código Penal, artículos 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 406, 407, 412, 413, 415 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 8 y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a FREDDY ALEJANDRO SAN MARTÍN CURÍN, ya individualizado, en su calidad de AUTOR del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A inciso 3º del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en la comuna de Chiguayante, el día 27 de junio de 2023 a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO DE UNA MULTA A BENEFICIO FISCAL ASCENDENTE A CUATRO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. Que habiéndose impuesto la medida cautelar de reclusión nocturna la multa impuesta se le tiene por PAGADA. II.- Que habiendo reconocido el sentenciado los hechos de la acusación y aceptado el procedimiento abreviado se le exime del pago de las costas. III.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 8 de la ley 18.216 se le concede al sentenciado cumplir la pena corporal con la sustitutiva de RECLUSIÓN NOCTURNA DOMICILIARIA, debiendo permanecer en su domicilio desde
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Juzgado de Garantía, Avenida 8 Oriente N°2372, Chiguayante, teléfono 41-2335393, correo electrónico jgchiguayante@pjud.cl link www.poderjudicial.cl Chiguayante, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Visto: Ante este Juzgado de Garantía de Chiguayante, ha presentado la Fiscal adjunto doña María Verónica Muñoz Pinto, domiciliada en calle San Juan Bosco N°2026 de la comuna de Concepción, formu
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