Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ REYNALDO TITO VASQUEZ

Rol

O-8772-2023

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El día 02 de septiembre de 2023, aproximadamente a las 20:30 horas, el acusado Reynaldo Tito Vásquez, conducía en estado de ebriedad, vehículo motorizado Placa Patente Única, DRHS. 34, por camino Lonquén en dirección al norte y al llegar a la intersección de calle, camino el Trébol de la comuna de Calera de Tango, colisiono por la parte trasera al vehículo Placa Patente Única YA.8981, conducido por don Hernán Esteban Rivas Vargas, ocasionándole daños por la suma de 800 mil pesos. Al concurrir carabineros, se le tomo la muestra de sangre para la alcoholemia de rigor, la que arrojo según el N° 13-SCL-OH- 15.138-23, del S.M.L. una dosificación de 1,41 g/l. Dicho acusado conducía vehículo motorizado, sin haber obtenido jamás licencia de conducir Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Visto lo anterior y, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 67, 68, 69 y 70; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos de la ley 18.216 y ley 18.290, SE DECLARA: Código: JDBYXSRVDVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a REYNALDO TITO VASQUEZ, cédula de identidad N°24.281.834-2 ya individualizado, como autor de un delito de conducción en estado de ebriedad previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley N° 18.290 e infracción al artículo 209 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollado consumado, cometido en esta jurisdicción el día 2 de septiembre de 2023, a sufrir la pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO DÍAS de presidio menor en su grado medio, suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal de CUATRO unidades tributarias mensual

Fallo

SE DECLARA: Código: JDBYXSRVDVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a REYNALDO TITO VASQUEZ, cédula de identidad N°24.281.834-2 ya individualizado, como autor de un delito de conducción en estado de ebriedad previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 de la Ley N° 18.290 e infracción al artículo 209 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollado consumado, cometido en esta jurisdicción el día 2 de septiembre de 2023, a sufrir la pena de OCHOCIENTOS DIECIOCHO DÍAS de presidio menor en su grado medio, suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa a beneficio fiscal de CUATRO unidades tributarias mensuales, reconociéndole como abono UN TERCIO DE unidad tributaria mensual, por el día que estuvo privado de libertad en este procedimiento, esto es, el 3 de septiembre de 2023, debiendo cancelar el saldo restante en cuatro parcialidades dentro de los diez primeros días de cada mes a contar del mes siguiente en que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada e inhabilidad para obtener licencia de conducir por un plazo de cinco años, reconociendo como abono desde el día 3 de septiembre de 2023. II.- Que, por cumplir el sentenciado los requisitos del artículo 4 de la Ley N° 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL quedando sujeto al control administrativo y asistenc

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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Imputado : REYNALDO TITO VASQUEZ, cédula de identidad N° 24.281.834-2, con domicilio en Calle Callao, Villa Peru Nº 1315, comuna de La Florida. Víctima : HERNÁN ESTEBAN RIVAS VARGAS Fiscal : CAROLINA CASTILLO NAVIA Defensor : FRANCISCA DEL PILAR PANDO CASTAÑEDA, cédula de identidad N° 8.9

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