Juzgado de Garantía de Ovalle

ALEX ANDRES NAVEA ARAOS C/ KEVIN BRIAN ARAYA ACUÑA

Rol

O-408-2024

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de octubre de 2022, aproximadamente a las 14:30 horas, en el sector de Los Peñones de esta comuna de Ovalle, el acusado don KEVIN BRIAN ARAYA ACUÑA agredió a la víctima, don Alex Andrés Navea Araos, propinándole golpes con una botella de vidrio, golpes de pie y puño en diferentes partes del cuerpo, ocasionándole fractura maxilar derecha, fractura nasal y luxo-fractura tabique desplazado más herida contusa cortante en cuero cabelludo, lesiones que tiene el carácter de grave, ocasionándole una incapacidad de 35 a 40 días. Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 Nro. 9, 12 Nro. 15, 14 Nro. 1, 15 Nro. 1, 24, 25, 30, 51, 62 al 75, 397 Nro. 2 del Código Penal; artículo, 1, 45, 47, 295, 297, 340, 348 406 a 413 del Código Procesal Penal; normas del artículo 7, 8 y siguientes de la 18.216, se resuelve: I.- Que condena a KEVIN BRIAN ARAYA ACUÑA, cédula nacional de identidad N°0019666887-K ya individualizado(a), a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autor de un delito de lesiones menos graves previsto y sancionado en el artículo 397 Nro. 2 del Código Penal, en los que le ha cabido participación en calidad de autor en grado de desarrollo consumado, ilícito ocurrido el 14 de octubre de 2022 en la comuna de Ovalle. II.- Reuniéndose en la especie los presupuestos del artículo 8vo. de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta, por la de reclusión parcial domiciliaria con monitoreo telemático, por el mismo tiempo de la pena inicialmente impuesta, esto es, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. El control de la ejecución de esta sanción, se efectuará mediante el control de monitoreo telemático, atendido el informe de factibilidad favorable elaborado por gendarmería. Para tal propósito, el sentenciado deberá presentarse al centro de reinserción social dentro de quinto dí

Fallo

se resuelve: I.- Que condena a KEVIN BRIAN ARAYA ACUÑA, cédula nacional de identidad N°0019666887-K ya individualizado(a), a sufrir la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autor de un delito de lesiones menos graves previsto y sancionado en el artículo 397 Nro. 2 del Código Penal, en los que le ha cabido participación en calidad de autor en grado de desarrollo consumado, ilícito ocurrido el 14 de octubre de 2022 en la comuna de Ovalle. II.- Reuniéndose en la especie los presupuestos del artículo 8vo. de la Ley 18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena impuesta, por la de reclusión parcial domiciliaria con monitoreo telemático, por el mismo tiempo de la pena inicialmente impuesta, esto es, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente. El control de la ejecución de esta sanción, se efectuará mediante el control de monitoreo telemático, atendido el informe de factibilidad favorable elaborado por gendarmería. Para tal propósito, el sentenciado deberá presentarse al centro de reinserción social dentro de quinto día desde que se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento de revocarse la pena sustitutiva. III.- Que se le exime del pago de las costas de la presente causa, atendido a que ha aceptado someter la presente causa a las normas del procedimiento abreviado. De su cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal

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/paag SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Ovalle., veintiocho de enero de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado ETHEL KATHERINE HENRIQUEZ OPAZO RUC 2201039580-5 RIT 408 - 2024 Delito, grado de ejecución, participación: Lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, en grado de desarrollo de consumado, y en

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