Juzgado de Garantía de Quilpué

VICTOR RAUL CANO NAVARRETE C/ JAVIER ALEJANDRO ESPINOZA RAMÍREZ

Rol

O-2090-2024

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 05 de abril del año 2024, siendo las 14:15 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima, don VÍCTOR RAÚL CANO NAVARRETE, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Newton N° 0961, Quilpué, al lugar llegó el nieto de su esposa, el requerido, don JAVIER ALEJANDRO ESPINOZA RAMÍREZ, solicitando dinero en efectivo, amenazando a la víctima en los siguientes términos: “te voy a tirar balazos son no me das la plata”,, procediendo a lanzar piedras al domicilio, sin causar daños, para luego retirarse del lugar, causando gran temor a la víctima. SENTENCIA ABSOLUTORIA: Quilpué, veintiocho de enero de dos mil veinticinco Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, artículo 296 N° 3 del Código Penal, 45, 48, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a JAVIER ALEJANDRO ESPINOZA RAMÍREZ, cédula de identidad N° 21.654.341-6, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un ilícito de amenazas, previsto y sancionado en los artículos 296 N° 3 del Código Penal y por hechos ocurridos presuntamente en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 05 de abril del año 2024. II.- Que se exime de costas al Ministerio Público estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento a la notificación y registro de la sentencia una vez ejecutoriada. Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales y la presente sentencia queda FIRME Y EJECUTORIADA. RUC N° 2400398148-3 RIT N° 2090-2024 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: RQNHXSJJVXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-29T11:49:23-0300

Fallo

se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a JAVIER ALEJANDRO ESPINOZA RAMÍREZ, cédula de identidad N° 21.654.341-6, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un ilícito de amenazas, previsto y sancionado en los artículos 296 N° 3 del Código Penal y por hechos ocurridos presuntamente en territorio jurisdiccional de este Tribunal con fecha 05 de abril del año 2024. II.- Que se exime de costas al Ministerio Público estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento a la notificación y registro de la sentencia una vez ejecutoriada. Intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales y la presente sentencia queda FIRME Y EJECUTORIADA. RUC N° 2400398148-3 RIT N° 2090-2024 Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: RQNHXSJJVXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-29T11:49:23-0300

Texto Completo (Preview)

HECHOS: El día 05 de abril del año 2024, siendo las 14:15 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima, don VÍCTOR RAÚL CANO NAVARRETE, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Newton N° 0961, Quilpué, al lugar llegó el nieto de su esposa, el requerido, don JAVIER ALEJANDRO ESPINOZA RAMÍREZ, solicitando dinero en efectivo, amenazando a la víctima en los siguientes términos: “te vo

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