RAMÍREZ/EZENTIS CHILE S.A
Rol
M-1560-2022
Fecha
12 de septiembre de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos en la demanda y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, pagará al actor la suma única y total de $500.000, pagadero en una sola cuota a más tardar el día 12 de octubre de 2022, mediante transferencia electrónica en la cuenta Rut del actor don Claudio Alberto Ramírez Fernández del Banco Estado N°9608413, Rut: 9.608.413-7, correo electrónico lennia.mejias@gmail.com. La parte demandante deberá informar al tribunal en caso de incumplimiento de lo acordado. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la modalidad de pago en los términos expuestos. 3. Respecto de TELEFÓNICA CHILE S.A., se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, señalando que nada se adeudan por ningún concepto, renunciando a toda acción que pudiere derivar del presente litigio, del vínculo laboral que los unió y de los hechos que se han ventilado en este juicio, salvo las obligaciones tendientes a hacer cumplir el presente acuerdo. 4. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada y ratificada la presente conciliación otorgándosele el carácter de sentencia definitiva, firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. ADMISIÓN TÁCITA: En atención a lo dispuesto en el 453 N°1 inciso séptimo del Código del Trabajo, se omitirá recibir la causa a prueba, teniéndose como tácitamente admitidos todos los hechos contenidos en la demanda y procediéndose a dictar sentencia definitiva de inmediato. CONSTANCIA: Se deja constancia que el Tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA Santiago, doce de septiembre de dos mil veintidós. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece don CLAUDIO ALBERTO RAMÍREZ FERNÁNDEZ, contador auditor, con domicilio en Calle Tongoy N° 7538, Cerrillos, e interpone demand
Fundamentos
fundamentos de derecho solicita que se condene a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: 1. indemnización sustitutiva de aviso previo, ascendente a $984.827, 2. Remuneración de 6 días del mes de abril de 2022 $196.965, 3. Feriado proporcional, ascendente a $401.111, 4. Monto retenido y no enterado del crédito de la Caja de Compensación Los Andes $511.896, 5. Cotizaciones previsionales de los meses de diciembre de 2021, enero, febrero, marzo y abril de 2022, cotizaciones del fondo de cesantía correspondientes a los meses de diciembre de 2021, enero, febrero, marzo y abril de 2022 y del fondo de Salud de los meses de diciembre de 2021, enero, febrero, marzo, abril de 2022, 6. Remuneraciones y demás prestaciones por todo el período comprendido entre la separación de mis funciones y hasta la fecha en que se convalide el despido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 incisos 5, 6 y 7 del Código del Trabajo, con reajustes, intereses legales y las costas del juicio. SEGUNDO: Que, la demandada EZENTIS CHILE S.A, fue legalmente notificada, no compareciendo a la audiencia única de contestación, conciliación y prueba. Que ante tal escenario de rebeldía de la parte demandada, no prosperó el llamado a conciliación, a su respecto. Con fecha 18 de mayo de 2022, se dictó resolución declarando la liquidación voluntaria de esta por el Primer Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-3421-2022, designándose liquidador a don Francisco Javier Cuadrado. En tanto, compareció la demandada solidaria TELEFONICA CHILE S.A, arribando a una conciliación parcial por la suma de $ 500.000.- TERCERO: Que así las cosas, se hace efectiva la facultad del artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo., respecto de EZENTIS CHILE S.A, estimándose tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, los que ya se reprodujeron en el considerando primero de esta sentencia, esto es, fecha de inicio de la relación laboral, las funciones, el monto de la remuneración, la fecha de término, y que el actor fue despedido en forma verbal sin cumplir con las formalidades del artículo 162 del Código del Trabajo.- CUARTO: Que así las cosas, habiendo sido desvinculado el actor por la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, correspondía el pago de la indemnización de aviso previo.- QUINTO: Que asimismo no se acreditó por la demandada el pago de la remuneración de los 6 días del mes de abril de 2022 por $196.965, el feriado proporcional, ascendente a $401.111 y el monto retenido y no enterado del crédito de la Caja de Compensación Los Andes $511.899 los que deberá pagar en los términos solicitados. SEXTO: Respecto de las cotizaciones de seguridad social, le correspondía al demandado acreditar su pago, lo cual no sucedió, por lo que se hará lugar a su pago. En cuanto a la nulidad del despido que se pide, teniendo presente que se trata de una empresa declarada en liquidación debe regirse por lo dispuesto en e
Fallo
por estas razones fueron 283. Este programa obedece a la necesidad que tiene la empresa de continuar sus operaciones y pueda seguir entregando los servicios que presta en el país , ya que no existe otra opción que pueda asegurar su subsistencia (...)”. En la carta se reconoce adeudar los siguientes conceptos: Indemnización años de servicio: $0.-, indemnización sustitutiva del aviso previo $984.827, vacaciones proporcionales: $401.111, seguro de cesantía $0, total a pagar: $1.385.938. Afirma que, la carta de despido no contenía todas las prestaciones que se le adeudan. Previos fundamentos de derecho solicita que se condene a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: 1. indemnización sustitutiva de aviso previo, ascendente a $984.827, 2. Remuneración de 6 días del mes de abril de 2022 $196.965, 3. Feriado proporcional, ascendente a $401.111, 4. Monto retenido y no enterado del crédito de la Caja de Compensación Los Andes $511.896, 5. Cotizaciones previsionales de los meses de diciembre de 2021, enero, febrero, marzo y abril de 2022, cotizaciones del fondo de cesantía correspondientes a los meses de diciembre de 2021, enero, febrero, marzo y abril de 2022 y del fondo de Salud de los meses de diciembre de 2021, enero, febrero, marzo, abril de 2022, 6. Remuneraciones y demás prestaciones por todo el período comprendido entre la separación de mis funciones y hasta la fecha en que se convalide el despido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 incisos 5, 6
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 12/09/2022, Santiago RUC 22- 4-0414010-1 RIT M-1560-2022 CARATULADO RAMÍREZ/EZENTIS CHILE S.A MAGISTRADO CARMEN GLORIA CORREA VALENZUELA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Vanessa Aguilar Barra HORA DE INICIO 10:20 HORA DE TERMINO 10:45 SALA Sala virtual 20 (4.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 2240414
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