Juzgado de Garantía de San Bernardo

DIEGO NICOLAS GUAJARDO VILLARROEL C/ LUIS ALBERTO CÁCERES ORTEGA

Rol

O-8493-2024

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos : El día 06 de febrero de 2024, alrededor de las 03:30 horas, el imputado Luis Cáceres Ortega conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Chevrolet, PPU LDGX 51, por calle Covadonga con Urmeneta, de la comuna de San Bernardo. Es fiscalizado por carabineros quienes constatan el estado de ebriedad del imputado por fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, coherencia al hablar e inestabilidad al caminar. La prueba respiratoria realizada al imputado dio 1,93 gramos de alcohol por mil en la sangre. El examen de alcoholemia realizado al imputado dio 2,10 gramos de alcohol por mil en la sangre, según informe de alcoholemia del Servicio Médico Legal. Al momento de los hechos el imputado no tenía licencia de conducir, puesto que nunca la ha obtenido. Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 No. 6 y 9, 70 del Código Penal; artículos 339, 340, 341, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 196, 110 de la Ley 18.290, artículo 1, 4 y 38 de la Ley No. 18.216, SE DECLARA: Código: FXBFXSFBHVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a LUIS ALBERTO CÁCERES ORTEGA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, contemplado en el artículo 196, 110 de la Ley No. 18.290, cometido en esta jurisdicción el día 06 de febrero de 2024, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a la suspensión para cargos u oficios públicos por el lapso de la pena, una MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual deberá pagar dentro de los últimos cinco días del mes siguiente a aquel en qu

Fallo

SE DECLARA: Código: FXBFXSFBHVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se condena a LUIS ALBERTO CÁCERES ORTEGA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, contemplado en el artículo 196, 110 de la Ley No. 18.290, cometido en esta jurisdicción el día 06 de febrero de 2024, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a la suspensión para cargos u oficios públicos por el lapso de la pena, una MULTA a beneficio fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual deberá pagar dentro de los últimos cinco días del mes siguiente a aquel en que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, y a la pena accesoria especial de SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL LAPSO DE DOS AÑOS. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye para el sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio, en este caso, el correspondiente a Maipú, por el lapso de UN AÑO y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5° de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería d

Texto Completo (Preview)

ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO Fecha : veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Imputado : LUIS ALBERTO CÁCERES ORTEGA, cédula de identidad N° 0015440084-2, fecha de nacimiento 03 de julio 1982, con domicilio en Avenida Ernesto Alvear Nº 650, comuna de Puente Alto. Fiscal : RUBEN SALAS ORELLANA Defensor : ADRIANA GONZÁLEZ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica