FRANCO SALINAS SALINAS C/ PITTER ALEXANDER FERNANDEZ SUNS
Rol
O-7744-2023
Fecha
27 de enero de 2025
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación, valorados de acuerdo a las reglas de la sana crítica, han permitido adquirir convicción más allá de toda duda razonable, la verificación del hecho punible y participación. Máxime, si en conocimiento de ellos, la defensa ha alzado punto alguno y en tal circunstancia, de dan por reproducidos los siguientes: Hecho: El día 27 de junio del año 2023, a las 14:25 horas aproximadamente, en la vía pública, en calle Paseo Puente con San Pablo, comuna de Santiago, el acusado PITTER ALEXANDER FERNANDEZ SUNS, portaba y transportaba en sus vestimentas un calcetín de color negro, que en su interior tenía 08 cartuchos balísticos del calibre .38, siendo estas municiones aptas para ser percutadas por un arma de fuego, sin contar con las autorizaciones que corresponden. Código: LXRUXSVPEUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Calificación jurídica: PORTE Y TENENCIA ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 letra c) de la Ley N° 17.798 de Control de Armas, encontrándose en grado de desarrollo CONSUMADO. Grado de desarrollo, participación: Consumado. Tercero: alegaciones de las partes. Que la defensa del encartado, ha indicado que la pena debe ser cumplida bajo la modalidad de remisión condicional, atendido el quantum de la pena y para ello da cuenta que el imputado actualmente se encuentra trabajando y con eso trata de acreditar su arraigo nacional y que en definitiva le permitan optar a pena sustitutiva, pero que ésta sea cumplida dentro del territorio nacional. Que, respecto de la petición de remisión condicional de la pena, se ha opuesto el Ministerio Público y el Ministerio del Interior, básicamente por la falta de antecedentes justificantes y la naturaleza del delito. Cuarto: modificatorias de responsabilidad penal Que concurre la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, por cuanto por expreso mandato legal, se encuentra re
Fundamentos
fundamentos: Código: LXRUXSVPEUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero, por cuanto se indicó que el encartado se encuentra trabajando, sin embargo, no se acompaña copia de contrato de trabajo, pago de honorarios, liquidación de sueldo u otro antecedente que permita acreditar lo aseverado. Segundo, tampoco se allegó algún informe social o psicológico que justificare alguna pena sustitutiva diversa a la de expulsión. Tercero, finalmente por cuanto el informe del que se ha dado cuenta en audiencia, hace aconsejable sólo disponer la expulsión del territorio nacional por lo siguiente: En cuanto al hecho de tener cónyuge, conviviente o padres chilenos o radicados en Chile con residencia definitiva: no se tiene registro de la existencia de este tipo de vínculos. En cuanto a tener hijos chilenos o extranjeros con residencia definitiva o radicados en el país, así como la edad de los mismos, la relación directa y regular y el cumplimiento de las obligaciones de familia, tomando en consideración el interés superior del niño, su derecho a ser oído y la unidad familiar: no se tiene registro de la existencia de este tipo de vínculos. En cuanto a las contribuciones de índole social, política, cultural, artística, científica o económica realizadas por el extranjero durante su estadía en el territorio nacional: no existe registro de este tipo de contribuciones a la sociedad nacional durante su estadía en Chile. Que, en síntesis, el informe técnico del Servicio Nacional de Migraciones, evacuado al tenor del artículo 129 de la Ley de Migración y Extranjería, no permite optar a otra pena sustitutiva. Así. acorde a todo lo previamente consignado, se rechazará la petición en orden a disponer la remisión condicional de la pena y se dispondrá su expulsión del territorio nacional. Código: LXRUXSVPEUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sexto: costas. Que someterse a las reglas del procedimiento abreviado, lleva aparejado un gran ahorro de recursos fiscales, lo que permite exonerar del pago de las cosas, sin perjuicio que no fueron solicitadas. Que, por los fundamentos expuestos y normas legales citadas,
Fallo
se resuelve: I. Que se condena a PITTER ALEXANDER FERNANDEZ SUNS , ya individualizado, como autor del delito de PORTE ILEGAL DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación con el artículo 2 letra c) de la Ley N° 17.798 de Control de Armas , en grado de desarrollo consumado, ocurrido el 27 de junio del año 2023 , en la comuna de Santiago a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, a las accesorias de inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el término de la condena, con el comiso de las especies y efectos del delito y toma de muestra de perfil genético (ADN). II. Que no se le condena en costas. La pena es sustituida acorde lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 18.216, por la de expulsión del territorio nacional, dándosele un plazo de sesenta (60) días para su materialización, desde que la presente se encuentre ejecutoriada. Con todo, servirán de abono los días 27 y 28 de junio de 2023 y el 20 de diciembre de 2024, fechas en las que permaneció privado de libertad por esta causa. En su oportunidad, dese cumplimiento al artículo 468 Código Procesal Penal. RUC 2300692725-4 RIT 7744 - 2023 Código: LXRUXSVPEUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don Freddy Cubillos Jofré, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago Código: LXRUXSVPEUL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos. Primero Que en audiencia citada al efecto y por cumplirse los presupuestos del artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal se presentó acusación verbal contra: NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA PITTER ALEXANDER FERNANDEZ SUNS 0025999382- 2 Calle Independencia Nº 960 depto 811 Independencia. Empleado de nacionalidad colomb
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