15º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ ALEX HERNÁN MONDACA JAMET

Rol

O-742-2023

Fecha

23 de enero de 2025

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos perpetrados el 02 de marzo del año 2023 en la comuna de La Pintana. II. Que, en relación a las penas corporales, cuyo quantum total asciende a 663 días, se le darán íntegramente por cumplidas en razón de Código: XBPCXSQBXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl los 663 días que ha estado privado de libertad el imputado entre el día 03 de marzo del 2023 al día de hoy por un total de 692 días. III. Que, en relación a las penas de multa, cuyo quantum asciende a nueve unidades tributarias mensuales en total, existiendo un saldo de días de 29, correspondiente al exceso de los 663 días en que ha estado privado de libertad, estas penas de multas se le tendrán íntegramente por cumplidas, atendido el computo establecidos en artículo 49 del código penal, de un tercio de UTM por cada día privado de libertad, y en relación de lo dispuesto en aritfulo3 348 del código procesal penal. V. Que, en relación al comiso de conformidad a lo dispuesto en artículo 31 del código penal y 15 de ley 17.798, se decreta el comiso de arma de fuego, municiones y placa patente incautada en razón de este procedimiento. VI. Que, en relación con la huella genética, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970, incorporándose la huella genética del sentenciado en el registro de condenas, para lo cual conforme lo dispone el artículo 1 transitorio, Gendarmería de Chile informará el lugar y oportunidad en l que deberá presentarse a proporcionar su huella genética, bajo apercibimiento de informar al tribunal de esta obligación. V. Que se le exime del pago de las costas del procedimiento en virtud de lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales por haber ahorrado recursos al estado. VI. Que, en relación a la suspensión de licencia de conducir, se ordena oficiar a la Ilustre Municipalidad de El Bosque, Departamento de Tránsito, para que tome conocimiento de dicha suspensión. Ejecutoriado este fa

Fundamentos

Considerando: Que, en cuanto a la determinación de la pena y tal como lo ha reconocido el Ministerio Público por mandato expreso del artículo 407 y siguientes del Código Procesal Penal, esto es las circunstancias atenuantes objetivas reconocidas por el Ministerio Público, articulo 11N°9, por haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos. Resolución: I.- Que se condena al imputado ALEX HERNAN MONDACA JAMET, ya individualizado por su participación en calidad de autor en los delitos consumados de PORTE ILEGAL DE ARMAS Y DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación a letra b) y c) del artículo 2 de la ley 17.798, RECEPTACIÓN DE ESPECIES del articulo 456 bis A, y CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO CON PLACA PATENTE PERTENECIENTE A OTRO VEHÍCULO, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la ley de tránsito, a sufrir las penas de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, comiso de las especies incautadas, con las accesorias legales, incorporación de huella genética por el delito de PORTE ILEGAL DE ARMAS Y MUNICIONES, la de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, MULTA DE CINCO UTM, Y ACCESORIAS LEGALES, por del delito de RECEPTACIÓN, y la de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR TERMINO DE UN AÑO, MULTA DE CUATRO UTM, más el comiso de la placa patente incautada, por el delito de CONDUCCIÓN CON PLACA PATENTE PERTENECIENTE A OTRO VEHÍCULO, todos hechos perpetrados el 02 de marzo del año 2023 en la comuna de La Pintana. II. Que, en relación a las penas corporales, cuyo quantum total asciende a 663 días, se le darán íntegramente por cumplidas en razón de Código: XBPCXSQBXXK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl los 663 días que ha estado privado de libertad el imputado entre el día 03 de marzo del 2023 al día de hoy por un total de 692 días. III. Que, en relación a las penas de multa, cuyo quantum asciende a nueve unidades tributarias mensuales en total, existiendo un saldo de días de 29, correspondiente al exceso de los 663 días en que ha estado privado de libertad, estas penas de multas se le tendrán íntegramente por cumplidas, atendido el computo establecidos en artículo 49 del código penal, de un tercio de UTM por cada día privado de libertad, y en relación de lo dispuesto en aritfulo3 348 del código procesal penal. V. Que, en relación al comiso de conformidad a lo dispuesto en artículo 31 del código penal y 15 de ley 17.798, se decreta el comiso de arma de fuego, municiones y placa patente incautada en razón de este procedimiento. VI. Que, en relación con la huella genética, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970, incorporándose la huella genética del sentenciado en el registro de condenas, para lo cual conforme lo dispone el artículo 1 transitorio, Gendarmería de Chile informará el lugar y oportunidad en l que deberá presentar

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RESUMEN: RUC : 2300235782-8 RIT : 742-2023 MATERIA : Porte ilegal de armas, receptación, conducción e vehículo con placa patente falsa. IMPUTADO : ALEX HERNAN MONDACA JAMET CEDULA DE IDENTIDAD : 15.455.389-4 DOMICILIO : Pasaje EL CORREGIDOR Nº 03643, La Pintana FISCAL : RODRIGO PAREDES BELMAR DEFENSOR : PIA FORLIVECY TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 23 de enero

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