DEL BARRIO/
Rol
V-142-2021
Fecha
26 de agosto de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 30 de abril de 2021, don Raúl Miguel Ángel del Barrio Olivares, cédula de identidad N°8.512.501-K, chileno, divorciado, empresario, domiciliado en Alonso de Córdova N°5079, departamento 176, Las Condes, Santiago, expresa que desea constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300 hectáreas. Al respecto, refiere que el punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Putre, Provincia de Parinacota, Región de Arica y Parinacota y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: 7.907.500,00 metros Norte y 492.500,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Asimismo, manifiesta que la concesión minera de exploración se denominará “OASIS 15 B”, agregando que el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros. El solicitante pide tener por presentado el pedimento y ordenar su inscripción y publicación, certificando el día y la hora de su presentación y se le otorgue la concesión de exploración. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió el 07 de mayo de 2021, a fojas 1418, bajo el Nº 625, del año 2021, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó con fecha 17 de mayo de 2021, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, a folio 13 con fecha 12 de agosto de 2021, mediante ordinario N° 943/2021 el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensión y orientación de la cara superior del pedimento se ajustan a la ley y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada " OASIS 15 B" son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) P.Medio 7.907.500,00 492.500,00 V1 7.908.000,00 491.000,00 V2 7.908.000,00 494.000,00 V3 7.907.000,00 494.000,00 V4 7.907.000,00 491.000,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales puesto que fue formulada dentro del plazo, se ha acreditado con los respectivos comprobantes el pago de la tasa de pedimento, patente proporcional y se ha cumplido con la presentación de los demás antecedentes exigidos por el artículo 55 del Código de Minería. Y visto además lo dispuesto en los artículos 43, 48, 55 y 87 del Código de Minería,
Fallo
SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada "OASIS 15 B", con una superficie total de 300 hectáreas en favor de RAÚL MIGUEL ÁNGEL DEL BARRIO OLIVARES, peticionario de autos, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes, si no se apelare. Rol V-142-2021 Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ÁLVAREZ OSSANDÓN, Secretario Titular. En Arica, a veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. (saf) Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-26T09:57:43-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-142-2021 CARATULADO : DEL BARRIO/ Arica, veintis is de Agosto de dos mil veintiuno.é VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 30 de abril de 2021, don Raúl Miguel Ángel del Barrio Olivares, cédula de identidad N°8.512.501-K, chileno, divorciado, empresario, domiciliado en Alonso de C
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