DEL BARRIO/
Rol
V-126-2021
Fecha
26 de agosto de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 16 de abril de 2021, RAÚL MIGUEL ÁNGEL DEL BARRIO OLIVARES, cédula de identidad N° 8.512.501-K, chileno, divorciado, empresario, domiciliado en Alonso de Córdova N° 5079, Departamento 176, Las Condes, Santiago, expresa que viene en solicitar concesión minera de exploración sobre sustancias concesibles en terrenos abiertos y sin cultivos, ubicados en la comuna de Putre, Provincia de Parinacota, Región de Arica y Parinacota, sobre una superficie de 300 hectáreas, la que denominará “OASIS 27 B”. Indica que el punto medio de la cara superior de la concesión que solicita está ubicado en la intersección de las coordenadas U.T.M NORTE: 7.908.500,00 metros y ESTE: 486.500,00 metros. Añade que el terreno pedido tiene la forma de un rectángulo cuyos lados de orientación Norte-Sur U.T.M., miden 1.000 metros y los lados de orientación Este-Oeste U.T.M., miden 3.000 metros, encerrando una superficie total de 300 hectáreas. Finalmente, solicita tener por presentado el pedimento; se ordene su inscripción y publicación conforme lo dispuesto en el artículo 48 del Código de Minería. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió el 4 de mayo de 2021, a fojas 1414, bajo el Nº 621, del año 2021, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó el 17 de mayo de 2021, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que el 12 de agosto de 2021, mediante ordinario N°935/2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes, y que la forma dimensión y orientación de la cara superior del pedimento se ajustan a la ley y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “OASIS 27 B”, son: VÉRTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 7.908.500,00 486.500,00 V1 7.909.000,00 485.000,00 V2 7.909.000,00 488.000,00 V3 7.908.000,00 488.000,00 V4 7.908.000,00 485.000,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales, puesto que fue formulada dentro del plazo, se ha acreditado con los respectivos comprobantes el pago de la tasa de pedimento, patente proporcional y se ha cumplido con la presentación de los demás antecedentes exigidos por el artículo 55 del Código de Minería. Y visto además lo dispuesto en los artículos 43, 48, 55 y 87 del Código de Minería,
Fallo
SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “OASIS 27 B”, con una superficie total de 300 hectáreas en favor de RAÚL MIGUEL ÁNGEL DEL BARRIO OLIVARES, peticionario de autos, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes, si no se apelare. Rol Nº V-126-2021 Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ÁLVAREZ OSSANDÓN, Secretario Subrogante. En Arica, a veintiséis de agosto de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario, la resolución precedente./cpc Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Arica, veintis is de agosto de dos mil veintiuno.é QQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas
Texto Completo (Preview)
FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-126-2021 CARATULADO : DEL BARRIO/ Arica, veintis is de Agosto de dos mil veintiuno.é VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 16 de abril de 2021, RAÚL MIGUEL ÁNGEL DEL BARRIO OLIVARES, cédula de identidad N° 8.512.501-K, chileno, divorciado, empresario, domiciliado en Alonso de Córdova N° 5079, Depar
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