SOCIEDAD DE ALIMENTACIÓN CASINO EXPRESS S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO ICT BUIN
Rol
I-7-2022
Fecha
8 de septiembre de 2022
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos configuran las infracciones que se encuentran previstas y sancionadas por las normas legales que señala, de acuerdo con el enunciado de la infracción seguido de la norma infringida-sancionada: 1. No llevar correctamente registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo, infringiendo los artículos 33 y 506 del Código del Trabajo con relación al artículo 20 del Reglamento 969 de 1933. 2. Exceder la jornada ordinaria legal de trabajo, infringiendo el artículo 22 inciso 1° y el artículo 506, ambos del Código del Trabajo. Resolviendo, aplicar a su representada por las infracciones señaladas, las multas administrativas según las resoluciones N° 1606/21/39-1 por la cantidad de 60 UTM y N° 1609/21/39-2, también por la cantidad de 60 UTM. De acuerdo con lo descrito, indica que presentó recurso administrativo de Reconsideración de Multa con fecha 19 de octubre de 2021, exponiendo los
Fundamentos
fundamentos: Con fecha 14 de junio de 2021, en el curso de una fiscalización efectuada por el funcionario de la Inspección Comunal del Trabajo Buin, Catherine Valeria Díaz Madrid, mediante Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación y Citación, primeramente informa que el proceso de fiscalización se llevará a cabo en modalidad remota y solicitó documentación correspondiente a la planilla de pago de cotizaciones del organismo administrador de ley 16.744 (ACHS, CCHC, IST o ILS) del mes de mayo 2021, desglose numérico de trabajadores: Total de hombres, mujeres y menores (separando hombres de mujeres) e informar un número telefónico de contacto, debiendo remitir a dicha documentación a más tardar con fecha 17 de junio de 2021. Con fecha 16 de junio, su parte cumplió con enviar por correo electrónico la información y documentación solicitada por la fiscalizadora ya individualizada. Por consiguiente, la fiscalizadora remite correo con fecha 18 de junio de 2021, solicitando documentación con respecto a: - Contrato y anexos de contratos de trabajo. - Comprobante de pago de remuneraciones (liquidaciones). - Registro de asistencia. Lo anterior, respecto de los trabajadores indicados en la muestra a trabajar, según el formulario FI-12, teniendo plazo para remitir dicha documentación a más tardar el día 24 de junio de 2021. Relata que su parte cumplió con el requerimiento de la fiscalizadora de la Inspección Comunal del Trabajo de Buin, remitiendo la documentación solicitada dentro del plazo impuesto por la misma. Posterior a ello, con fecha 09 de septiembre de 2021, fueron notificados por medio de carta certificada al domicilio de sus oficinas centrales, Avenida El Rosal N° 4864, comuna de Huechuraba, de la resolución de Multa N° 1609/21/39, en la cual con fecha 30 de julio de 2021, la que constata lo siguiente: 1. “No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas al no consignar la hora de entrada y salida en el registro de asistencia llevado por medio de reloj control, respecto de los trabajadores según detalle: - Erices Caroline RUT 19.391.608-2: Entrada: 08, 09, 11 de marzo. Salida: 16, 22 de marzo; 05, 07, 16, 19 20, 30 de abril; 04, 06, 07, 10, 21, 22, 27de mayo, todos meses de 2021. - Espinoza Camila RUT 20.926.265-7: Salida: 03, 05 de marzo; 11 de mayo 2021. - Espinoza Marisol RUT 12.065.094-7: Entrada: 31 de marzo 2021. - Espinoza Paula RUT 18.064.742-2: Salida: 20, 25 de marzo; 29 de abril; 18 de mayo, todos meses de 2021. 2. “Exceder el máximo de 45 horas semanales de la jornada ordinaria legal pactada respecto de los trabajadores y período que se indica a continuación: - Erices Caroline RUT 19.391.608-2: 19-03, 52 minutos; 28-03, 39 minutos; 11-05, 03 horas y 59 minutos; 12-05, 05 horas y 56 minutos; 19-05, 37 minutos; 24-05, 02 horas y 31 minutos; 25-05, 02 horas y 12 minutos. 26-05, 02 horas y 39 minutos; 28-05 03 horas y 25 minutos; 31-05, 01 y 18 minutos. - Espinoza Camila RUT 20.926.265-7: 12-05,
Fallo
por tanto, el computo del plazo debe contarse desde el día 13 de junio de 2022. En la resolución que resolvió el recurso de reconsideración, tuvo por confirmada la multa N° 1306/1609/21/39-1 y dejó sin efecto la multa N° 2, quedando la infracción por el monto de 60 UTM ascendente a la fecha de la presentación de esta demanda en la cantidad de $3.453.420.- Indica que viene en reclamar judicialmente respecto de la resolución de reconsideración de multa en base a los siguientes fundamentos: Con fecha 14 de junio de 2021, en el curso de una fiscalización efectuada por el funcionario de la Inspección Comunal del Trabajo Buin, Catherine Valeria Díaz Madrid, mediante Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación y Citación, primeramente informa que el proceso de fiscalización se llevará a cabo en modalidad remota y solicitó documentación correspondiente a la planilla de pago de cotizaciones del organismo administrador de ley 16.744 (ACHS, CCHC, IST o ILS) del mes de mayo 2021, desglose numérico de trabajadores: Total de hombres, mujeres y menores (separando hombres de mujeres) e informar un número telefónico de contacto, debiendo remitir a dicha documentación a más tardar con fecha 17 de junio de 2021. Con fecha 16 de junio, su parte cumplió con enviar por correo electrónico la información y documentación solicitada por la fiscalizadora ya individualizada. Por consiguiente, la fiscalizadora remite correo con fecha 18 de junio de 2021, solicitando documentación con respecto
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Buin, ocho de septiembre de dos mil veintidós SENTENCIA: Primero: Comparece don Diego Ignacio Jerez Quintanilla, Abogado, en representación de SOCIEDAD DE ALIMENTACION CASINO EXPRESS S.A., RUT: 78.793.360-2, Sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados efectos en Avenida El Rosal N°4864 de la Comuna de Huechuraba, Santiago, quien deduce demanda en procedimiento monitorio de reclamación
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