CRISTIAN SEBASTIAN SOLIS PINUER C/ HÉCTOR ENRIQUE SALINAS TOPP
Rol
O-1035-2024
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y haber sido representado por la Defensoría Penal Pública. IV- Que se decreta en contra del sentenciado HÉCTOR ENRIQUE SALINAS TOPP, por el plazo de un año, las siguientes medidas accesorias: -La establecida en el artículo 9 letra b) de la Ley 20.06, sobre violencia intrafamiliar, esto es, la prohibición del condenado Héctor Enrique Salinas Topp de acercarse a la víctima doña Paulina del Carmen Rodríguez Burgos, en su domicilio ubicado en Calle Segunda Línea comuna de Panguipulli, lugar de estudio, de trabajo, así como en cualquier otro lugar en que la víctima permanezca, concurra o visite habitualmente, incluyendo en esta prohibición todo contacto por cualquier medio tecnológico vigente. -La establecida en el artículo 9 letra c) de la Ley 20.066 sobre violencia intrafamiliar, esto es, la prohibición del condenado de porte o tenencia de arma de fuego y la incautación o destrucción de la misma en su caso. Ofíciese en su oportunidad. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 4° del Decreto Ley N° 645 sobre el Registro Nacional de Condenas y artículo 12 de la Ley 20.066 sobre violencia intrafamiliar. Archívese oportunamente. Código: KZXBXSUKXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. RIT N° 1035 - 2024 RUC N° 2400880419-9 Dictada por don ALEX FERNANDO ESPINOZA SALINAS, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. Código: KZXBXSUKXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-24T09:22:43-0300
Fundamentos
considerando: Que en esta causa RIT Nº 1035 - 2024, RUC Nº 2400880419-9, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don HÉCTOR ENRIQUE SALINAS TOPP, Cédula Nacional de Identidad N°10.150.206-6, de 60 años, nacido el 10 de junio de 1964, casado, taxista, domiciliado en calle Sargento Aldea Nº25, Población Ernesto Pinto, comuna de Panguipulli. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don HÉCTOR ENRIQUE SALINAS TOPP, Cédula Nacional de Identidad N° 10.150.206-6, ya individualizado, como autor de la falta consumada de coacción en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 494 N°16 del Código Penal, hecho cometido en esta jurisdicción el día 24 de julio de 2024, en perjuicio de la víctima Paulina Del Carmen Rodríguez Burgos, a la siguiente pena: A) MULTA DE 1/3 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que la multa impuesta deberá pagarse en pesos en su valor nominativo, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República, a través de un formulario que le será entregado en el Tribunal. Que para el pago de la multa impuesta se concede al sentenciado hasta el último día hábil del mes siguiente a la fecha de ejecutoria de la presente sentencia. Código: KZXBXSUKXPK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En caso de carecer de bienes para el pago de la multa sufrirá, por vía se sustitución y solo si consistiere en ello, la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, regulándose ésta en ocho horas de trabajos no remunerados por cada tercio de unidad tributaria mensual por la cual fue sentenciado el condenado. En caso de no consentir en dicha sustitución, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose esta en un día de privación de libertad por cada tercio de unidad tributaria mensual
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 1035 - 2024, RUC Nº 2400880419-9, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don HÉ
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