Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ KEVIN IGNACIO CERÓN CUEVAS

Rol

O-3622-2021

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos por los cuales requirió el juicio. Indicó también que desconocía las circunstancias de por qué los testigos en particular no asistieron a la presente audiencia y solicitó que se resuelva el asunto con forma de derecho. La defensa en este caso, en su alegato de apertura y clausura, indica que no existen antecedentes probatorios que puedan formular o puedan corroborar el requerimiento presentado por el fiscal en la presente audiencia, por existir insuficiencia probatoria y en consecuencia solicita la absolución de su representado. Cuarto: No se acordaron convenciones probatorias autorizadas por el artículo 275 del Código Procesal Penal. Quinto: A fin de acreditar los hechos contenidos en el requerimiento y la participación del imputado en ellos, el Ministerio Público no incorporó prueba alguna por las razones que dio el fiscal en la presente audiencia. Sexto: En torno a la valoración individual y conjunta de la prueba en juicio oral, se tiene que indicar que ésta no fue incorporada a la presente audiencia, en consecuencia, no hay nada que valorar. Séptimo: El estándar probatorio opera sobre la base de decidir de manera fundamentada, así sobre la base de la prueba incorporada, si es posible o no justificar externamente la concurrencia de la hipótesis acusatoria. Asimismo, determina si dichos datos probatorios resultan insuficientes para satisfacer el estándar establecido por el legislador, según lo dispuesto en el artículo 340 del Código Procesal Penal. En este contexto, es relevante mencionar lo señalado por Ferrer respecto al estándar de prueba en materia penal, que enseña que para considerar aprobada la hipótesis de culpabilidad debe darse conjuntamente las siguientes condiciones. Uno, la hipótesis que debe ser capaz de explicar los datos disponibles, integrándolo de forma coherente, y las predicciones de nuevos datos que la Código: YDXXXSXMFNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:

Fundamentos

considerando: Primero: Con esta fecha y ante la Cuarta Sala de este tribunal, presidida por el magistrado Alejandro Tenorio, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en causa RIT-3622-2021, seguida en contra del requerido Kevin Ignacio Cerón Cuevas, cédula de identidad 20.047.422-8, representado por el defensor penal público don Luis Felipe Ávila Ávila, con sus datos y formas de notificación ya registrados en el tribunal. Fue parte acusadora del presente juicio el fiscal del Ministerio Público, Claudio Ciudad Cueto, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. Segundo: En su requerimiento, el Ministerio Público sostuvo lo indicado en audiencia de 1 de diciembre del año 2023, audiencia de preparación de juicio oral simplificado, en orden a la responsabilidad que le asiste al imputado en un hecho acaecido el día 23 de marzo del año 2021, delito de robo en bien nacional de uso público, que es conocido por los intervinientes asistentes a la presente audiencia y que por economía procesal se tiene por reproducido. En tal requerimiento, se le Código: YDXXXSXMFNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 solicita la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo al requerido por el delito de robo en bien nacional de uso público, con las costas legales correspondientes y con las accesorias pertinentes. Tercero: En sus alegatos de apertura y clausura, el Ministerio Público señaló los hechos por los cuales requirió el juicio. Indicó también que desconocía las circunstancias de por qué los testigos en particular no asistieron a la presente audiencia y solicitó que se resuelva el asunto con forma de derecho. La defensa en este caso, en su alegato de apertura y clausura, indica que no existen antecedentes probatorios que puedan formular o puedan corroborar el requerimiento presentado por el fiscal en la presente audiencia, por existir insuficiencia probatoria y en consecuencia solicita la absolución de su representado. Cuarto: No se acordaron convenciones probatorias autorizadas por el artículo 275 del Código Procesal Penal. Quinto: A fin de acreditar los hechos contenidos en el requerimiento y la participación del imputado en ellos, el Ministerio Público no incorporó prueba alguna por las razones que dio el fiscal en la presente audiencia. Sexto: En torno a la valoración individual y conjunta de la prueba en juicio oral, se tiene que indicar que ésta no fue incorporada a la presente audiencia, en consecuencia, no hay nada que valorar. Séptimo: El estándar probatorio opera sobre la base de decidir de manera fundamentada, así sobre la base de la prueba incorporada, si es posible o no justificar externamente la concurrencia de la hipótesis acusatoria. Asimismo, determina si dichos datos probatorios resultan i

Fallo

por tanto, no se puede establecer la participación culpable del imputado más allá de toda duda razonable. Es decir, en este caso existe una insuficiencia aprobatoria que no permite efectuar una corroboración externa de la conducta que fue imputada al imputado. Decimoprimero: Conforme a lo establecido en el artículo 48 del Código Procesal Penal y pese a la decisión absolutoria, se eximirá al Ministerio Público del pago de las costas, por estimar que no afectó un ejercicio arbitrario de la acción penal y tuvo motivos plausibles para litigar. Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en el artículo 1, 2, 3, 432 y 443 del Código Procesal Penal; 7, 45, 46, 48, 297, 328, 338, 339, 340, 342, 343 y 344 del Código Procesal Penal, se declara que: I. Se absuelve al requerido que Kevin Ignacio Cerón Cuevas, ya individualizado, del requerimiento deducido en su contra por el Ministerio Público, Código: YDXXXSXMFNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgsanbernardo@pjud.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 en la cual se le atribuyó la calidad de autor por el delito de robo en bien nacional de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443, en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, supuestamente acaecido el día 23 de marzo del año 2021 en la comuna de San Bernardo. II. Al estimar que el Ministerio Público no

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Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Mail: jgsanbernardo@pjud.cl, Fono: 2-25202500 ACTA DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO.- Fecha : veinte de enero de dos mil veinticinco. Imputado : KEVIN IGNACIO CERÓN CUEVAS, cédula de identidad N° 20.047.422-8, con domicilio en Pasaje General Las Heras Nº 857, comuna de La Florida. Víctima : OSCAR HUM

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