MP C/ RODRIGO JAVIER AGUILAR AGUILAR
Rol
O-5174-2024
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales Anótese, regístrese y archívese. RIT 5174 - 2024 RUC 2400747178-1 Pronunciada por doña LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Jpa. Código: XLGJXSDPXKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-22T11:31:55-0300
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 51, 432 y 442 N°1 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE CONDENA a RODRIGO JAVIER AGUILAR AGUILAR, RUN N° 0019175970-2, ya individualizado, como autor del delito frustrado de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, en perjuicio de Alex Rodríguez Sepúlveda, cometido en Puerto Montt, el día 30 de junio de 2024, a la PENA DE DOSCIENTOS CINCO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que, la pena privativa de libertad impuesta se tiene por cumplida con el mayor tiempo que ha permanecido detenido y sujeto a prisión preventiva por esta causa, desde el 30 de junio de 2024 hasta el día de hoy 22 de enero de 2025. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales Anótese, regístrese y archívese. RIT 5174 - 2024 RUC 2400747178-1 Pronunciada por doña LORENA FERNANDA FRESARD BRIONES, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Jpa. Código: XLGJXSDPXKJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser v
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Sentencia: Puerto Montt, veintidós de enero de dos mil veinticinco. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 30, 51, 432 y 442 N°1 del Código Penal; artículos 45, 47
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