Juzgado de Letras y Garantía de Maullín

HUGO ROBERTO SILVA VENEGAS C/ JORGE FRANCISCO DÍAZ VELÁSQUEZ

Rol

O-176-2024

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 31 de enero de 2023, a las 22:15 horas aproximadamente, el imputado Jorge Francisco Díaz Velásquez, condujo en estado de ebriedad la camioneta marca Chevrolet color rojo, Placa Patente Única SU-9406 por calle Bernardo O’Higgins de la ciudad de Maullín, y a la altura de la intersección de dicha vía con el Pasaje Montealegre, fue fiscalizado por Carabineros, quienes al constatar su ebriedad procedieron a su detención en el lugar. El resultado del alcohotest practicado al imputado a las 22:53 horas de ese día, arrojó como resultado que conducía con 2,50 gramos por litro de alcohol en el organismo, mientras que el resultado de la muestra de alcoholemia practicada al imputado a las 23:25 horas del día 01 de febrero de 2023, arrojó como resultado que éste conducía con 2,67 (dos coma sesenta y siete) Código: RBNRXSXTCDJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl gramos por mil de alcohol en el organismo. b.- Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación con el artículo 110 de la ley N° 18.290, en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole participación al imputado en calidad de AUTOR. Vistos lo dispuesto en los artículos N° 1, 15 N°1, 11 N° 9, artículos 30, 67 y 70 del Código Penal, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 110 y 196 y normas pertinentes de la Ley 18.290 y artículo 4° y siguientes de la Ley 18.216: SE DECLARA: I .- Que se condena a don JORGE FRANCISCO DÍAZ VELÁSQUEZ, cédula de identidad N° 12.932.985-8, ya individualizado en calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD perpetrado en territorio jurisdiccional de éste Tribunal, con fecha 31 de enero de 2023, y se le aplica la siguiente pena: a) 61 días de presidio menor en su grado mínimo. b) Multa de 02 Unidades tr

Fallo

SE DECLARA: I .- Que se condena a don JORGE FRANCISCO DÍAZ VELÁSQUEZ, cédula de identidad N° 12.932.985-8, ya individualizado en calidad de autor del delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD perpetrado en territorio jurisdiccional de éste Tribunal, con fecha 31 de enero de 2023, y se le aplica la siguiente pena: a) 61 días de presidio menor en su grado mínimo. b) Multa de 02 Unidades tributarias mensuales. c) Suspensión de su licencia de conducir por el término de 5 años. d) A la accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que cumpliendo el sentenciado con los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216 se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la de Remisión Condicional de la pena por el término de un año, tiempo en el que deberá firmar en Gendarmería mensualmente. Ofíciese al Centro de Detención Preventiva de ésta ciudad para el cumplimiento de la pena impuesta. III.- Que se le concede para el pago de la multa impuesta en 06 parcialidades de 1/3 UTM cada una, debiendo pagar la primera cuota el día 20 de febrero, y así sucesivamente 20 de marzo, 20 de abril, 20 de mayo, 20 de junio y 20 de julio de 2025, si el pago recayere en día inhábil se pagara al día siguiente hábil, si el sentenciado no pagase la multa impuesta sufrirá por Código: RBNRXSXTCDJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en

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SENTENCIA DEFENITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA Maullín, 20 de Enero de 2025 TRIBUNAL Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Maullín MAGISTRADO DAVID ALEXIS NEGRETE SEPÚLVEDA ENC. ACTA aag RUC : 2300138719-7 RIT 176-2024 IMPUTADO JORGE FRANCISCO DÍAZ VELÁSQUEZ C.I 12.932.985-8 DIRECCION SECTOR CARIQUILDA S/N° Comuna : MAULLÍN DELITOS CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO

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