15º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTÓBAL ANDRÉS PÉREZ PARDO

Rol

O-282-2024

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

RESUMEN: RUC : 2301241649-0 RIT : 282-2024 MATERIA : Tráfico ilícito de estupefacientes IMPUTADO : LEONARDO ALFREDO MIRANDA MORENO CEDULA DE IDENTIDAD : 17852866-1 DOMICILIO : Avenida LA PRIMAVERA Nº 2734, La Pintana IMPUTADO : ALEXIS GALINDO SALDÍAS LEON CEDULA DE IDENTIDAD : 19.024.600-0 DOMICILIO : El Oregon 13854, La Pintana. FISCAL : Claudia Alvarez DEFENSOR Privado : Sandra Naranjo Beiza (x Juan Muñoz y Leonardo Miranda) DEFENSOR Privado : Ballardo Leiva Castro (x Paola Ortí y Alexis Saldías) TRIBUNAL : 15° Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : 20 de enero de 2025 CIRC. MODIF. RESP. PENAL: 11 N°6 y 11N°9 TIPO DE RESOLUCIÓN : Procedimiento Abreviado Santiago, veinte de enero del dos mil veinticinco.

Fundamentos

Considerando: Que, en cuanto a la determinación de la pena y tal como lo ha reconocido el Ministerio Público por mandato expreso del artículo 407 del Código Procesal Penal, además, de las circunstancias atenuantes objetivas reconocidas por el Ministerio Público del artículo 11 Nº 6 del Código Penal respecto de ambos imputados por no presentar anotaciones prontuariales pretéritas en su extracto de filiación y antecedentes y la atenuante del artículo 11 Nº 9 del Código Penal, esto es, haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos. Resolución: I.- Que se condena a LEONARDO ALFREDO MIRANDA MORENO y ALEXIS GALINDO SALDÍAS LEON , ya individualizados, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN día de presidio menor en su grado máximo, con las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, asimismo, se le condena a la pena de multa ascendente a CUARENTA UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, así también se ordena su incorporación de huella genética en el registro |de condenados por su responsabilidad en calidad de autores del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3º en relación con el artículo 1º ambos de la Ley 20.000, perpetrado el 31 de enero del año 2024 en la comuna de La Pintana II. Concurriendo los requisitos contenidos en los artículos 1°, 15 bis. 17 y siguientes de la Ley 18.216 se sustituye a ambos sentenciados la pena privativa de libertad precedentemente impuesta por la de libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sometidos a la vigilancia y observación de la autoridad de Gendarmería de Chile que corresponda por el mismo término de la condena, debiendo presentarse el día 27 de enero del 2025 entre las 09:00 y 13:00 en el CRS correspondiente a su domicilio, considerándose para estos efectos como abonos el tiempo que han permanecido ininterrumpidamente privados de libertad por un lapso ininterrumpido de 356 días, descontándosele 120 días que serán imputados para el pago de la pena pecuniaria de multa y debiendo sujetarse al cumplimiento de un programa o actividad orientada para su reinserción social a través de un programa de intervención individualizada y bajo la aplicación de las condiciones prevista en el artículo 17 ter de la Ley 18.216, sin perjuicio de las demás medidas dispuestas por el delegado de Gendarmería de Chile. En el evento que le sea revocada esta pena sustitutiva, deberán cumplir la pena inicialmente impuesta sirviéndole de abono el tiempo que alcance a cumplir en régimen de pena sustitutiva y los 236 días que permanecieron sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva. Código: JKFSXSHTSEJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, en relación a la pena de multa de cuarenta unidades tributarias mensuales considerando que los imputados han permanecido privados de libertad

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RESUMEN: RUC : 2301241649-0 RIT : 282-2024 MATERIA : Tráfico ilícito de estupefacientes IMPUTADO : LEONARDO ALFREDO MIRANDA MORENO CEDULA DE IDENTIDAD : 17852866-1 DOMICILIO : Avenida LA PRIMAVERA Nº 2734, La Pintana IMPUTADO : ALEXIS GALINDO SALDÍAS LEON CEDULA DE IDENTIDAD : 19.024.600-0 DOMICILIO : El Oregon 13854, La Pintana. FISCAL : Claudia Alvarez DEFENSOR Privado : Sandra Naranjo Beiza (x

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