MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/ DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS/BURDILES
Rol
C-86-2021
Fecha
24 de agosto de 2021
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que con fecha 22 de enero de 2021, folio 1, rola ORD. DGA ARAUCANÍA No.1.813, de fecha 29 de diciembre de 2020, del Director Regional de Aguas, región de la Araucanía, Novena Región, mediante el que remite a este Tribunal los antecedentes completos de la solicitud de regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas impetrada por doña MARÍA GRACIELA BURDILES SOTO, en conformidad al artículo segundo transitorio del Código de Aguas. Señala que la peticionaria requiere regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes por un caudal de cuatro litros por segundo de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo de vertiente sin nombre, comuna de Angol, provincia de Malleco, región de la Araucanía. Agrega que dicha solicitud, habiéndose publicado dentro de plazo legal, no fue objetada. Relata que personal profesional de dicha dirección concluyó en el informe técnico número 713 de fecha 23 de diciembre de 2020, que el derecho de aprovechamiento que se pretende regularizar corresponde a un uso que cumple con la antigüedad establecida en el artículo segundo transitorio del Código de Aguas y que la solicitante demuestra utilizar un caudal de 1,2 litros por segundo, en la vertiente sin nombre, el cual es menor a lo solicitado. RIT« » Foja: 1 De acuerdo a lo anterior, en opinión de la Dirección General de Aguas, es procedente acoger favorablemente la presente solicitud, regularizando un derecho de aprovechamiento de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 1,2 litros por segundo sobre las aguas superficiales y corrientes de la vertiente sin nombre, captadas en forma gravitacional, en la intersección de las coordenadas UTM, en metros, Norte 5.819.104 y Este 687.896 referidas al Datum WGS 84, Huso 18 a favor de doña María Graciela Burdiles Soto. SEGUNDO: Que con fecha 29 de julio de 2020, a folio 6, rola audiencia de rigor en que comparece en representación del solicitante el abogado don Iván Gal
Fallo
Por tanto solicita se tenga por allanada a su parte, no existiendo conflicto o controversia entre las partes. TERCERO: Que con fecha 22 enero de 2021, a folio 1, rola oficio No.1813, de la Dirección Regional de Aguas, adjunto al cual se remite expediente NR- 0901-1790 de la misma repartición en que consta solicitud de autos y los siguientes antecedentes: a) Informe técnico número 713 de fecha 23 de diciembre de 2020, suscrito por Cristian Leonardo Moreno Soto, Ingeniero Civil Industrial, Geógrafo de Unidad de ADM DE Rec. Hídricos D.G.A. Región de la Araucanía, que luego de reseñar las diligencias efectuadas avalan sus dichos concluye que “en este caso concurren los requisitos establecidos en el artículo 2 transitorio del Código de Aguas, en lo que dice relación con el uso de las aguas”, por lo que se propone regularizar un derecho de aprovechamiento conjuntivo, de RIT« » Foja: 1 ejercicio permanente y continuo de 1,2 litros por segundo, en la vertiente sin nombre, ubicado en esta ciudad de la provincia de Malleco, en favor de la peticionaria doña María Graciela Burdiles Soto. b) Certificado número 286-2019, emanado del Gobernador Provincial de Malleco, don Víctor Manoli Nazal, quien el 06 de diciembre de 2019, señala que respecto de la solicitud presentada por el peticionario, sobre la que versan estos autos, no hubo oposición dentro de plazo legal. c) Fotocopias simples de extractos publicados en el Diario el espejo de Malleco, de fecha 18 de octubre de 2019 , Diario viv
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : C-86-2021 CARATULADO : MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS/ DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS/BURDILES ANGOL, A VEINTICUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO. VISTO: PRIMERO: Que con fecha 22 de enero de 2021, folio 1, rola ORD. DGA ARAUCANÍA No.1.813, de fecha 29 de diciembre de 2020, del Director Regio
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