3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CLEIDERMAN ANIBAL RAMIREZ VIADERO

Rol

O-4981-2024

Fecha

17 de enero de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 04 de octubre de 2024, siendo las 22:40 horas aproximadamente, en calle Dardignac frente al número 28, en la comuna de Recoleta, el imputado CLEIDERMAN ANIBAL RAMIREZ VIADERO, portaba y mantenía en su poder con el objeto de traficar, nueve bolsas de nylon tipo ziploc transparentes, las que en su interior mantenían una sustancia vegetal, la que sometida a la prueba de campo y pesaje arrojó coloración positiva a la presencia de CANNABIS, con un peso bruto de 23 gramos 900 miligramos., droga que minutos antes ofreció para la venta en la suma de $3.000 el gramo a funcionarios policiales de la PDI BICRIM Independencia. Posteriormente el imputado fue sorprendido en circunstancias que poseía, guardaba y mantenía en su poder, también con el ánimo de traficar, al interior de su domicilio ubicado en calle Dardignac Nº 28, depto 1405, en la misma Código: JQXTXSZXGJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl comuna de Recoleta, una bolsa nylon tipo ziploc transparente la que en su interior mantenía una sustancia vegetal la que sometida a la prueba de campo y pesaje arrojó coloración positiva ante la presencia de CANNABIS, con un peso bruto de 47 gramos, 660 miligramos y 31 bolsas de nylon tipo ziploc transparentes, las que en su interior mantenían sustancia de color blanco, que sometida a la prueba de campo y pesaje arrojó coloración positiva a la presencia de clorhidrato de cocaína, con un peso bruto 27 gramos, 460 miligramos, sin justificar que la droga estuviera destinada a un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Y vistos lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°6 y 9, 14, 15 nº1, 24, 29, 50, 67 del Código Penal, artículos 45 y 406, 407, 408, 409, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1, 2, 4, 18, 45 y siguientes de la ley 20.000. SE DECLARA: I.- Que se condena a , CLEIDERMAN ANIBAL RAMIREZ VIADERO ya individualizado a la pena de sese

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a , CLEIDERMAN ANIBAL RAMIREZ VIADERO ya individualizado a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual , accesorias de suspensión para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena en su calidad de autor de un delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, sustancias estupefacientes y psicotrópicas en grado de consumado, ilícito descrito y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° cometido con fecha 4 de octubre de 2024 en la comuna de Recoleta. II. Que, que la pena corporal antes impuesta se encuentra cumplida con el mayor tiempo de privación de libertad que mantuvo el sentenciado con motivo de esta causa, desde el 4 de octubre de 2024 a éste día, un total de 104 días. III. Que la pena de multa de una unidad tributaria mensual se sustituye por reclusión en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal, la que se tiene por cumplida con los tres últimos días de privación de libertad por esta causa que corresponden a los días 15, 16 y 17 de enero de 2025. IV.- Se decreta el comiso de efectos e instrumentos del delito de los que dispondrá el Ministerio Publico de conformidad a la ley 20.000. V. No se condena en costa atendida la naturaleza del procedimiento. Código: JQXTXSZXGJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se ordena la libertad del sentenciado por esta causa. Dés

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO Simplificado (resumen sentencia) FECHA: Santiago, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. TRIBUNAL: 3º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: MARIA FERNANDA SIERRA CÁCERES RUC: 2401196032 – 0 RIT: 4981 – 2024 IMPUTADO: CLEIDERMAN ANIBAL RAMIREZ VIADERO CEDULA DE IDENTIDAD 14.956.701-1. DELITO Tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o p

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