C/ CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ
Rol
O-129-2024
Fecha
20 de enero de 2025
Materia
AMENAZAR SIMPLE O CONDICIONAL. ,OFENDER PERS.INVESTIGACIONES, LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Que con fecha 10 de los corrientes se llevó efecto ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, integrado por los jueces titulares, doña Ana María Vega Ramírez, quien presidió la audiencia, don Mauricio Cuevas Gatica a cargo de la redacción del fallo y doña Sylvia Alvarado Estay como tercer Juez integrante, el juicio oral en causa RUC 2.200.681.109-8.; RIT 129/2024, seguida en contra de don CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ, rol único nacional 18.488.179- 9, nacido el 26 de noviembre de 1993 en Melipilla, 31 años, soltero, analista de materias primas, con domicilio en avenida Italia nro. 2095, Barrio Oriente, de la comuna de Melipilla, representado por la defensora penal licitada, la abogada doña Tamara Chandía Benavides. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto de Melipilla, doña Estela Oyarzún Osorio. Todos los intervinientes mantienen su domicilio y forma de notificación registrados en el SIAGJ.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que el Ministerio Público sostuvo la acusación en contra del encartado en los términos que se expresan en la motivación segunda del auto de apertura de juicio oral, la que se transcribe literalmente y que es del siguiente tenor: «HECHO 1: “El día 13 de julio del año 2022, a las 20:40 horas aproximadamente, en circunstancias en que la víctima don Luis Eduardo Cáceres Aravena se encontraba en la vía pública en plaza Centenario de la comuna de Melipilla, fue abordado por el imputado CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ, que sin motivo ni provocación alguna procede a propinarle golpes de puño en el rostro, arrojándola al piso, lugar donde prosigue propinándole puntadas de pies en diferentes partes del cuerpo y cabeza. A raíz de la agresión, la víctima resulto con las siguientes lesiones: fractura nasal, sutura de herida margen medial ojo medio y herida occipital de cuero cabelludo, lesiones de carácter grave según informe pericial del Servicio Médico Legal”. Código: VQMSXSNVWGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl HECHO 2: “El día 16 de noviembre del año 2022, a las 19:35 horas aproximadamente en circunstancias en que la víctima Luis Eduardo Cáceres Aravena, transitaba por la vía pública precisamente en plaza san Miguel de la comuna de Melipilla, en el lugar el imputado CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ, amenazó de forma seria y verosímil a la víctima, manifestándole textualmente “debes sacar la denuncia sino te voy a matar, si no la sacas voy a conseguir una pistola y voy a ir a tu casa a baliarla a ti y a tu papá” causando justo temor en la víctima”. CALIFICACIÓN JURÍDICA, GRADO DE DESARROLLO DEL DELITO y PARTICIPACIÓN: Los hechos antes descritos, a juicio del persecutor, son constitutivos de delito de Lesiones simplemente graves del artículo 397 N°2 del Código Penal, y delito de Amenazas simples del artículo 296 N° 3 del mismo cuerpo legal, y ambos ilícitos en fase de desarrollo consumado atribuyéndose al acusado participación criminal en calidad de autor. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: Respecto del acusado concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 de Código Penal. PRECEPTOS LEGALES APLICABLES: Artículos 1, 11, 15, 18, 29, 50, 51,67, 296 y 397del Código Penal y artículos 259, 305 y siguientes del Código Procesal Penal. PENA SOLICITADA: La Fiscalía solicita se condene al acusado Montenegro Quiroz por el delito de LESIONES SIMPLEMENTE GRAVES la pena de 800 días de presidio menor en su grado medio, y por el delito de AMENAZAS SIMPLES la pena de 270 días de presidio menor en su grado mínimo, ambas más las accesorias legales y costas de la causa». SEGUNDO: Alegatos de apertura. a) Del Ministerio Público La FISCAL, en síntesis, sostuvo que, a través de los medios probatorios ofrecidos, se acreditarán más allá de toda duda razonable los hechos imputados. En relación con el primer h
Fallo
fallo y doña Sylvia Alvarado Estay como tercer Juez integrante, el juicio oral en causa RUC 2.200.681.109-8.; RIT 129/2024, seguida en contra de don CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ, rol único nacional 18.488.179- 9, nacido el 26 de noviembre de 1993 en Melipilla, 31 años, soltero, analista de materias primas, con domicilio en avenida Italia nro. 2095, Barrio Oriente, de la comuna de Melipilla, representado por la defensora penal licitada, la abogada doña Tamara Chandía Benavides. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto de Melipilla, doña Estela Oyarzún Osorio. Todos los intervinientes mantienen su domicilio y forma de notificación registrados en el SIAGJ. CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que el Ministerio Público sostuvo la acusación en contra del encartado en los términos que se expresan en la motivación segunda del auto de apertura de juicio oral, la que se transcribe literalmente y que es del siguiente tenor: «HECHO 1: “El día 13 de julio del año 2022, a las 20:40 horas aproximadamente, en circunstancias en que la víctima don Luis Eduardo Cáceres Aravena se encontraba en la vía pública en plaza Centenario de la comuna de Melipilla, fue abordado por el imputado CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ, que sin motivo ni provocación alguna procede a propinarle golpes de puño en el rostro, arrojándola al piso, lugar donde prosigue propinándole puntadas de pies en diferentes partes del cuerpo y cabeza. A raíz de la agresión, la víct
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1 TRIBUNAL : DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE MELIPILLA. MP C/ : CHRISTOPHER IGNACIO MONTENEGRO QUIROZ. RUC. : 2.200.681.109-8. RIT. : 129/2024. DELITOS : LESIONES SIMPLEMENTE GRAVES - AMENAZAS SIMPLES Melipilla, a veinte de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Que con fecha 10 de los corrientes se llevó efecto ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, i
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