9º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ RICARDO NEMESIO ASTETE SALDIVIA

Rol

O-923-2022

Fecha

13 de enero de 2025

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento, admitió responsabilidad en ellos, previa advertencia de la posibilidad de imponerse una pena no superior a la solicitada por la Fiscalía. TERCERO: Que del mérito de los antecedentes contenidos en el requerimiento e invocados en su oportunidad, los que unidos a la propia admisión de responsabilidad del requerido, valorados en la forma establecida en el artículo 297 del Código Procesal Penal, revisten mérito suficiente, a juicio del tribunal, para tener por establecido los hechos materia del requerimiento y que a continuación se reseñan: “El día 19 de febrero del año 2022, aproximadamente a las 18.00 horas, a la altura de calle Pozo Almonte con avenida Esquina blanca, de la comuna de Maipú, los requeridos Ricardo Nemesio Astete Saldivia y Esteban Andrés Morales Moraga, con una sierra, fueron sorprendidos por vecinos del sector, cortando cables del tendido eléctrico, por lo que huyen del lugar, dándole alcance a uno de ellos, Morales Moraga y entregado a carabineros; en tanto Código: GMWXXSYQXFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que, Astete Saldivia, fue posteriormente detenido por funcionarios de carabineros. En total los cables que los requeridos lograron cortar fue de 1 kilo y 500 gramos.” CUARTO: Que los hechos descrito precedentemente, son constitutivos de un delito de robo con fuerza en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 inciso primero del Código Penal, toda vez que, el requerido en contra de la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse, fue sorprendido en los momentos que procedía a cortar cables del tendido eléctrico; ilícito que se encuentra en grado de frustrado, ya que no logró su objetivo, al ser sorprendido por vecinos del sector. QUINTO: Que estos mismos antecedentes, unidos a la admisión de responsabilidad de los requeridos, permiten, además, al Tribunal tener por establecida y probada su participación, en cal

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Ricardo Nemesio Astete Saldivia, ya individualizado, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, en su calidad de autor, de un delito de robo con fuerza en bienes nacionales de uso público, frustrado, hecho acaecido el día 19 de febrero de 2022, en territorio jurisdiccional de este Tribunal; asimismo, se le condena a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, sin costas, por no haber sido solicitadas y además, por estar representado por la Defensoría Penal Pública. II.- Que concurriendo, en la especie, los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, se le remite condicionalmente la pena privativa de libertad impuesta, debiendo permanecer sujeto a la vigilancia y control del Centro de Reinserción Social Santiago Sur I, por el término de un año y cumplir, además, con las exigencias del artículo 5º del mismo cuerpo legal. En el evento que, la referida pena sustitutiva le fuere revocada, le servirán de abono, los dos días que estuvo detenido, en control de detención, por esta causa, entre el 19 y 20 de febrero de 2022 y el 07 de diciembre de 2024, respectivamente. Regístrese, Notifíquese y Archívese, en su oportunidad, si no fuere impugnada por la vía de los recursos. Téngase presente, la renuncia a los plazos y recursos legales y por ejecutoriada la sentencia, a contar de esta fecha. Pronunciada por, María Inés Lausen Montt, Juez Titular del

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RUC 2200166445-3 RIT 923-2022 IMPUTADO Ricardo Nemesio Astete Saldivia MATERIA Robo con Fuerza En Bienes Nacionales De Uso Público PROCEDIMIENTO Simplificado Sentencia (395 CPP) Santiago, trece de enero de dos mil veinticinco. Vistos, oídos los intervinientes y teniendo presente: PRIMERO: Que en esta causa RUC 2400989047-1, RIT 6639-2024, el Ministerio Público, requirió verbalmente, en procedimie

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