Juzgado de Garantía de la Serena

MP C/ JAIME DIMAS MOLINA OLEA

Rol

O-10078-2024

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 09/12/2024, alrededor de las 18:55 hrs al interior de la tienda Miniso ubicada en calle Alberto Solari N° 1400, La Serena, el imputado Jaime Dimas Molina Olea, sustrajo y se apropió de perfumes de propiedad de la tienda, avaluados en la suma de $46.970, para luego traspasar el lineal de cajas sin pagar su valor, siendo sorprendido por personal de seguridad. Hurto simple 446 N° 3, autor frustrado”. POSTERIOR AL DEBATE EL TRIBUNAL DICTÓ LA SIGUIENTE SENTENCIA El Tribunal dicta sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

considerandos grabados íntegramente en el registro de audio N° 2401522677-K-929-250120- 00-05- SENTENCIA, en virtud del artículo 41 del Código Procesal Penal. En La Serena, a veinte de enero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Es

Fallo

por estas consideraciones y teniendo, además, presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 432 y 446 N° 3 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código PROCEDIMIENTO: Simplificado RUC Nº: 2401522677-K RIT Nº: 10078 - 2024 DELITO: Hurto simple por un valor de media a menos de 4 UTM SENTENCIADO: JAIME DIMAS MOLINA OLEA Código: YKXPXSQLXGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Procesal Penal y artículos 1, 3 y siguientes de la Ley N° 18.216; SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA, a JAIME DIMAS MOLINA OLEA, cédula nacional de identidad N° 7.787.231-0, ya individualizado, a sufrir la pena corporal de CUARENTA y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, a la pena pecuniaria de MULTA de UN TERCIO de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; y, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, perpetrado en grado de desarrollo de frustrado, el día 9 de diciembre de 2024, en la comuna de La Serena. II.- Que, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal impuesta por la REMISIÓN CONDICIONAL quedando sujeto el sentenciado al control administrativo del Centro de Reinserción Social respectivo por el lapso de UN AÑO, debiendo cumplir, además, d

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RESUMEN DE AUDIENCIA Fecha La Serena, veinte de enero de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de La Serena Juez Felipe Gonzalo Pizarro Ávalos Fiscal Ana Acevedo Acevedo Defensor Ignacio Díaz Godoy / Sebastián Oliveros Imputado Jaime Dimas Molina Olea, cédula nacional de identidad N° 7.787.231- 0, chileno, domiciliado en calle Julio Cortázar Nº 2819, sector Las Compañías, comuna de La S

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