MORALES/INSUMOS PARA LABORATORIOS Y CIA LIM
Rol
O-880-2019
Fecha
8 de septiembre de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos imputados al demandante como incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato, explica lo que efectivamente sucedió en cada situación, negando la existencia de incumplimiento contractuales, conforme explica y detalla, dándose por íntegra y expresamente reproducida la demanda en lo pertinente y en mérito de lo expuesto, normativa y jurisprudencia que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigan en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada Insulab Ltda., contestando el libelo pretensor, solicitó en rechazo de este, en todas sus partes, con costas. Fundando su defensa señala que el demandante ingresó a prestar servicios para esa empresa, con fecha 21 de abril del 2008, como encargado de bodega, lo que lo llevó a ser muy bien considerado por el representante legal y dueño de la empresa, Manuel Humberto España Muñoz. Añade que se trata de una empresa familiar pequeña, que cuenta con tan solo 4 trabajadores: un contador externo, un Gerente General y representante de la empresa, un operador de bodega y un Gerente de Operaciones y Calidad y hace presente que el Gerente General y dueño de la empresa, Manuel España Muñoz, es un hombre de actuales 90 años de edad, quien en el año 2017 tuvo un grave accidente cardiovascular, por lo que debió dejar los asuntos de su empresa en manos de quien consideraba por entonces su mano derecha, señor Guillermo Morales Venegas, quien fue ascendido al cargo de mayor confianza de la empresa. Señala que Manuel España, no tenía posibilidad de estar encima de las finanzas de la empresa y confiaba en lo que el demandante le informaba, entregándosele todas las llaves de la empresa, control remoto del acceso principal, cajas fuertes de la empresa, además se le entregó el digipass, cual es el dispositivo que permitía hacer transferencias bancarias desde la cuenta corriente que la empresa tiene en el Banco de Chile. Añade que en total abuso de su puesto de confian
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que Diego Castro Valencia, abogado, mandatario judicial, en representación de Guillermo Antonio Morales Venegas, ejecutivo comercial, domiciliado en Villaseca 113, casa D, comuna de Buin, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Insumos para Laboratorios y Cía. Ltda. (Insulab), del giro de su denominación, representada legalmente por Manuel España Muñoz, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en Lo Montoya 13.103, comuna de El Bosque y en contra de Corporación Nacional del Cobre de Chile, del giro de su denominación, representada legalmente por María Carolina Ruz, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Huérfanos N°1270, Santiago, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene a las demandadas al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señala que con fecha 21 de abril del año 2008 el actor comenzó a prestar servicios para Insumos para Laboratorios y Cía.. Ltda., siendo contratado en el año 2008 como encargado de bodega y ascendiendo al cargo de Representante de la Gerencia General y Gerente de Operaciones y Calidad en el año 2015. Añade que el promedio de las tres últimas remuneraciones, ascendió a la suma de $2.706.785.- según consta de anexo de contrato de trabajo de fecha 1 octubre de 2017, sin embargo, solo se le pagaba $1.000.0000.- a fin de mes y la diferencia en la medida de las ventas que Guillermo Morales mismo generaba. En cuanto al término del contrato afirma que el demandante se enteró que ya no era parte de la empresa, porque lo llamaron diferentes trabajadores de Codelco y funcionarios del Banco, mientras se encontraba de vacaciones, sin embargo, solo fue formalmente desvinculado el día 18 de junio de 2019, mediante la entrega de una carta de despido, por la causal contemplada en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo y transcribe el texto respectivo. Indica que se controvierten todas y cada una de las imputaciones que se realizan a en la carta de termino de contrato y afirma que la empresa está constituida por cuatro personas, un contador externo, un gerente general que corresponde al dueño de la empresa y representante legal, un operador de bodega y el demandante, como representante de gerencia y gerente de operaciones. Explica que el demandante realizaba el manejo de la cuenta bancaria de la empresa y el pago de remuneraciones a trabajadores y prestadores de servicios externos y señala que la empresa es proveedora de Codelco para ánodos de cobre, actualmente con contrato vigente con en Ventanas y Chuquicamata y afirma que el actor era ante Codelco la cara visible de Insulab. Indica que Codelco contrata el servicio que presta Insulab para mejorar el rendimiento y bajar costos en el desmoldante y explica que la empresa tiene un contrato de prestación de servicios vigente, en la actualidad y a la época de los hechos. En cuanto a los hechos imputados al demandante como incumplimientos graves de las obligaci
Fallo
en mérito de lo expuesto, normativa y jurisprudencia que invoca, solicita se condene a la demandada al pago de las prestaciones que consigan en el petitorio de su libelo pretensor. SEGUNDO: Que la demandada Insulab Ltda., contestando el libelo pretensor, solicitó en rechazo de este, en todas sus partes, con costas. Fundando su defensa señala que el demandante ingresó a prestar servicios para esa empresa, con fecha 21 de abril del 2008, como encargado de bodega, lo que lo llevó a ser muy bien considerado por el representante legal y dueño de la empresa, Manuel Humberto España Muñoz. Añade que se trata de una empresa familiar pequeña, que cuenta con tan solo 4 trabajadores: un contador externo, un Gerente General y representante de la empresa, un operador de bodega y un Gerente de Operaciones y Calidad y hace presente que el Gerente General y dueño de la empresa, Manuel España Muñoz, es un hombre de actuales 90 años de edad, quien en el año 2017 tuvo un grave accidente cardiovascular, por lo que debió dejar los asuntos de su empresa en manos de quien consideraba por entonces su mano derecha, señor Guillermo Morales Venegas, quien fue ascendido al cargo de mayor confianza de la empresa. Señala que Manuel España, no tenía posibilidad de estar encima de las finanzas de la empresa y confiaba en lo que el demandante le informaba, entregándosele todas las llaves de la empresa, control remoto del acceso principal, cajas fuertes de la empresa, además se le entregó el digipass, cual
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San Miguel, ocho de septiembre de dos mil veintidós Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Diego Castro Valencia, abogado, mandatario judicial, en representación de Guillermo Antonio Morales Venegas, ejecutivo comercial, domiciliado en Villaseca 113, casa D, comuna de Buin, interpone demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Insumos para Laboratorios y Cía. Ltda. (Insulab), d
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