Juzgado de Garantía de Ovalle

M. PUBLICO C/ ANGELO ALEJANDRO PÉREZ ÁVILA

Rol

O-781-2024

Fecha

17 de enero de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DAÑOS SIMPLES., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS N° 1: El día 24 de mayo de 2022, alrededor de las 03:00 horas, al interior del domicilio ubicado en calle El Encantado N° 285, El Palqui, comuna de Monte Patria, el imputado don Ángelo Alejandro Pérez Ávila, tomó por el cuello a su cónyuge, y víctima doña Isabel Esther Rojas Pauviff, diciéndole “eres una cuática, eres una mala madre, no te importan mis enfermedades”, para luego decirle que iba a quemar el quincho que había construido, comenzando a golpear la mesa. El día 26 de mayo de 2022, alrededor de las 00:30 horas, al interior del domicilio ubicado en calle El Encantado N° 285, El Palqui, comuna de Monte Patria, el imputado don Ángelo Alejandro Pérez Ávila, amenazó a su cónyuge, madre de sus hijos y víctima doña Isabel Esther Rojas Pauviff, diciéndole “buena me denunciaste volveré mañana a desarmar el quincho”. Las amenazas son serias y verosímiles en atención al consumo problemático de drogas del imputado y su carácter violento. HECHOS N° 2 El día 07 de julio de 2022, alrededor de las 22:50 horas, el don Ángelo Alejandro Pérez Ávila, transgrediendo medida cautelar decreta en causa RIT F-333-2022 emitida por el Juzgado de Familia de Ovalle de fecha 27 de mayo de 2022, consistente en la prohibición de acercamiento del imputado a la víctima doña Isabel Esther Rojas Pauviff, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, concurrió al domicilio ubicado El Encantado N° 285, El Palqui, comuna de Monte Patria, diciéndole “sale Isabel o estas con otro, o no quieres hablar conmigo, no quieres salvar el matrimonio, te quiero ver, te quiero”, para luego huir del lugar. La medida cautelar se notificó al imputado de manera personal el día 04 de junio de 2022. HECHOS N° 3 El día 03 de septiembre de 2022, alrededor de las 03:00 horas, el don Ángelo Alejandro Pérez Ávila, transgrediendo medida cautelar decreta en causa RIT F-333-2022 emitida por el Juzgado de Familia de Ovalle de fecha 27 de mayo de 2022, consistente en la prohibición de acercamiento del imputado a la ví

Fallo

se declara: I.- Que se condena a Ángelo Alejandro Pérez Ávila, cédula nacional de identidad N°17.114.148-6, ya individualizado como autor de nueve delitos de desacato cometidos, el primero de abril del 2024, el 07 de julio de 2022, el 03 de septiembre de 2022, el 06 de noviembre de 2022, el 20 de agosto de 2023, el 10 de septiembre de 2023, el 15, 20 y 21 de octubre de 2023, sufrir la pena única de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias del artículo 28 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, las accesorios de prohibición de acercarse a la víctima y la prohibición de obtener permiso para portar y tener armas de fuego por el plazo de dos años. II.- Que se condena a Ángelo Alejandro Pérez Ávila, cédula nacional de identidad N°17.114.148-6, ya individualizado, a sufrir dos penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargos y oficio público durante el tiempo de la condena por dos delitos de amenazas cometidos el 24 de mayo del año 2022 y el 21 de octubre de 2023 en prejuicio de su ex conviviente doña Isabel Rojas Pauviff, más las accesorias de Código: XUPXXSQDXQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl prohibición de acercarse a la víctima y la prohibición de obtener permiso para porta

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Ovalle., a diecisiete de enero dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado DARÍO ARTURO DÍAZ PEÑA Y LILLO RUC 2400362912-7 RIT 781-2024 Delito 1.- DESACATO 2.- AMENAZAS NO CONDICIONALES 3.- DAÑOS SIMPLES Grado de ejecución consumado Participación autor Atenuante(s) artículos 11 N° 9 del Código Penal Agravante(s

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