4º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER - CHILE/GESTIÓN Y CAPACITACIÓN EN DESARROLLO EMPRESARIAL LIMITADA.

Rol

C-15152-2020

Fecha

23 de agosto de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 2 de octubre de 2020 comparece el abogado Andr s Mainoé Ben tez, domiciliado en Avenida Apoquindo N 4660, piso 11, comuna de Lasí ° Condes, representaci n de BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad an nimaó ó bancaria, representada legalmente por su gerente general Miguel Matta Huerta, ingeniero industrial, ambos domiciliados en Bandera N 140, piso 17, comuna deº Santiago, e interpone demanda ejecutiva en contra de GESTI N YÓ CAPACITACI N EN DESARROLLO EMPRESARIAL LIMITADA, sociedadÓ del giro de su denominaci n, representada legalmente por Juan Francisco Luarteó Tapia, ignora profesi n u oficio, y en contra de SALLY TATIANA CALDER Nó Ó MALDONADO, ignora profesi n u oficio, en su calidad de aval y codeudoró solidario, ambos con domicilio en Cienfuegos N 50 D, comuna de Santiago y/o° en Costa de Montemar N 710, departamento 181, comuna de Con Con y/o° Miradores N 20167, Ciudad de los Valles, comuna de Pudahuel y/o Pasaje° Sewell N 3972, comuna de Maip , solicitando que se despache mandamiento de° ú ejecuci n y embargo en contra de los demandados por la cantidad de $ó 9.105.025, m s intereses y costas.á Manifiesta que su representado es due o del pagar N 420019313939ñ é º suscrito por la sociedad demandada por la suma de $ 9.405.191, por concepto de capital, pagadera, conjuntamente con los intereses, en 93 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $ 145.503 cada una, con vencimiento los d as 15 de cadaí mes, a contar del 15 de octubre de 2019 y hasta el 15 de junio de 2027, y una ltima de $ 145.506, con vencimiento el 15 de julio de 2027.ú Refiere que se estipul que el capital adeudado devengar a desde la fechaó í de suscripci n del presente pagar y hasta su vencimiento, una tasa de inter s deló é é 0,80% mensual vencido, calculado en base a meses de 30 d as y por el n mero deí ú d as efectivamente transcurrido, sin perjuicio del inter s en caso de mora, simpleí é retardo o pr rroga. ó Afirma que se pact que, en caso de mora o simple retardo en el pago deó una

Fundamentos

considerando la obligaci n como de plazo vencido, en caso de mora o simpleó retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se dividi la obligaci n,ó ó sea de capital y/o intereses, sean consecutivas o no, sin perjuicio de los dem sá derechos del acreedor. Relata que el demandado dej de pagar la cuota N 4, con vencimiento eló º 15 de enero de 2020 y las siguientes, raz n por la cual viene en hacer exigible, eló total de la obligaci n insoluta, la que al 1 de octubre de 2020 ascend a a la sumaó í de $9.105.025, por concepto de capital, m s los intereses penalesá correspondientes, hasta la fecha del pago efectivo. Indica que las firmas del suscriptor y del avalista y de la codeudora solidaria en el pagar , fueron autorizadas ante notario p blico, por lo que elé ú instrumento tendr a m rito ejecutivo, siendo la deuda l quida, actualmenteí é í exigible y sin que la acci n ejecutiva se encuentre prescrita.ó Con fecha 7 de diciembre de 2020 la ejecutada Sally Calder nó Maldonado opuso las excepciones contempladas en los numerales 2 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Con fecha 13 de enero de 2021 el ejecutante evacu el trasladoó conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas. Con fecha 22 de enero de 2021

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se omiti el tr mite de recepci n de la causa a prueba.ó á ó Con fecha 15 de julio de 2021 se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Santander-Chile solicit y obtuvo que seó despachara mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Gesti n yó ó Capacitaci n en Desarrollo Empresarial Limitada y de Sally Tatiana Calder nó ó Maldonado por la cantidad de $ 9.105.025, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que la ejecutada opuso las excepciones contempladas en los numerales 2 y 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, laí ó falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre y la de falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, fundada en tresí cap tulos.í TERCERO: Que, en relaci n a la primera excepci n opuesta, laó ó ejecutada manifiesta que el abogado Andr s Maino Ben tez carece de patrocinioé í en estos autos, pues si bien acompa una copia de escritura p blica donde señó ú confiere mandato judicial a varios abogados, entre ellos, el aludido, sin constar en el proceso que le hayan conferido patrocinio ni le hayan ofrecido el encargo de patrocinio para esta causa concreta, existiendo solo una declaraci n de voluntadó de asumir un patrocinio que nadie le ha conferido, por lo que no generando la declaraci n de voluntad obligaciones, la demanda interpuesta carecer

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15152-2020 CARATULADO : BANCO SANTANDER CHILE / GESTI N– Ó Y CAPACITACI N EN DESARROLLO EMPRESARIAL LIMITADA.Ó Santiago, veintitr s de agosto de dos mil veintiunoé VISTO: Con fecha 2 de octubre de 2020 comparece el abogado Andr s Mainoé Ben tez, domiciliado en Avenida Apoquindo N 4660, piso 11, comuna de Lasí ° Co

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