BRUNATTO/MUNICIPALIDAD DE CURACAVI
Rol
C-728-2021
Fecha
23 de agosto de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Comparece Samantha Giannina Brunatto Ramírez, independiente, domiciliada en Warren Smith 107, dpto. 106, comuna de Las Condes, interponiendo demanda de prescripción extintiva respecto de deuda municipal correspondiente a permisos de circulación, en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Curacavi, representada legalmente por su Alcalde, Juan Pablo Barros Basso, ambos con domicilio en Avenida O’Higgins N° 1305, Curacavi. Con fecha 4 de agosto de 2021 (F.10) se notifica legalmente la demanda al demandado. Con fecha 13 de agosto de 2021 (F.16) se tiene por contestada la demanda, allanándose totalmente a la misma y por interpuesta demanda reconvencional de cobro de pesos. Con fecha 19 de agosto de 2021 (F.18) se tiene por contestada la demanda reconvencional, allanándose totalmente a la misma. En este mismo acto, se cita a las partes a oír sentencia en aplicación de lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que comparece Samantha Giannina Brunatto Ramírez, interponiendo demanda de prescripción extintiva respecto de deuda municipal correspondiente a permisos de circulación, en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Curacavi, representada legalmente por su Alcalde, Juan Pablo Barros Basso, todos ya individualizados. Indica que con fecha 30 de mayo del año 2005 adquirió el dominio del vehículo automóvil marca Chevrolet, modelo Impala 3.8 AÑO 2002, color plateado metálico, Numero de Motor 119131281, chasis 2G1WH55K419131281, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados con el número VF-6114-3, el cual se encuentra con varios permisos de circulación adeudados, los cuales se pagaban en la Ilustre Municipalidad de Curacavi. Agrega que al efecto los permisos de circulación dejaron de pagarse en el año 2005 en adelante, debido a que el vehículo individualizado fue robado y recién en el mes de junio del año en curso Carabineros de Chile en un control de tránsito detuvo al vehículo y verifico que mantenía encargo por robo, procediendo a confiscarlo y haciéndole posteriormente la entrega de este, por lo que, en su calidad de dueño y ante la imposibilidad de poder pagar todos los permisos de circulación adeudados que se deben y que ascienden a la suma de $5.878.910 a la fecha de esta presentación, demanda a la Ilustre Municipalidad de Curacavi, representada por su Alcalde Juan Pablo Barros Basso ya individualizado, solicitando en definitiva que se declare prescritos todos los permisos de circulación correspondientes al vehículo ya individualizado que van desde el año 2005 hasta el año 2018 inclusive, con costas. Segundo: Que con fecha 12 de agosto de 2021 (F.12) a lo principal la demandada contesta la demanda, allanándose totalmente a las pretensiones de la demandante. Tercero: Que con fecha 12 de agosto de 2021 (F.12) al primer otrosí la demandada interpone demanda reconvencional de cobro de pesos por el no pago de las cuotas adeudadas de permiso de circulación, reajustes, intereses y demás recargos, respecto de los periodos comprendidos entre los años 2019 hasta el año 2021, ambos inclusive. Indica que las cuotas señaladas precedentemente, corresponde a los siguientes montos: a) Cuota del año 2019, asciende a la suma de $40.332; b) Cuota del año 2020, asciende a la suma de $32.574; c) Cuota del año 2021, asciende a la suma de $ 27.757, señalando que el monto total de las cuotas adeudadas, asciende a la suma de $100.663 (cien mil seiscientos sesenta y tres pesos), teniendo presente que, desde que se ha hecho exigible la obligación, no ha transcurrido más de 3 años, en atención a los artículos 2.492, 2.493, 2.497, 2.521 del Código Civil y demás normas pertinentes. Cuarto: Que con fecha 17 de agosto de 2021 (F.17) la demandada reconvencional contesta la demanda reconvencional, allanándose a la misma. Quinto: Que la parte demandante principal y demandada reconvencional, acompañó al fol
Fallo
Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1698, 2514, 2515, 2521 y 2524 del Código Civil, artículo 6° e inciso primero del artículo 7° DL N° 3063 sobre Rentas Municipales, y artículos 144, 170, 313 y 342 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se acoge la demanda principal de prescripción interpuesta por Samantha Giannina Brunatto Ramírez, en contra de la Ilustre Municipalidad de Curacaví, representada por su alcalde, Juan Pablo Barros Basso, todos ya individualizados, en cuanto se declaran prescritos los permisos de circulación del vehículo marca Chevrolet, modelo Impala 3.8 AÑO 2002, Numero de Motor 119131281, chasis 2G1WH55K419131281, placa única VF-6114-3, devengados y adeudados por los periodos comprendidos entre el año 2005 hasta el año 2018, ambos inclusive. II.- Que se acoge la demanda reconvencional de cobro de pesos interpuesta por la Ilustre Municipalidad de Curacaví, representada por su alcalde, Juan Pablo Barros Basso, en contra de Samantha Giannina Brunatto Ramírez, todos ya individualizados, en cuanto que la demandada reconvencional deberá pagar a la demandante reconvencional la suma de $100.663.- (cien mil seiscientos sesenta y tres pesos), por el no pago de las cuotas adeudadas por permisos de circulación, correspondientes a los periodos comprendidos entre el año 2019 y 2021, ambos inclusive. III.- Que cada parte pagare sus costas. Notifíquese y archívese, en su oportunidad.- Dictada por doña Alexandra Yáñez Jara, Juez
Texto Completo (Preview)
Rol C-728-2021 Carátula: Brunatto con Municipalidad de Curacaví Materia: Prescripción Casablanca, a veintitrés de agosto de dos mil veintiuno. Visto: Comparece Samantha Giannina Brunatto Ramírez, independiente, domiciliada en Warren Smith 107, dpto. 106, comuna de Las Condes, interponiendo demanda de prescripción extintiva respecto de deuda municipal correspondiente a permisos de circulación, en
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