Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio

MP C/ ALEJANDRO JOSE CACERES CACERES

Rol

O-2289-2023

Fecha

9 de enero de 2025

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación.- SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que, se condena a: 1.- ALEJANDRO JOSE CACERES CACERES cédula de identidad N° 0014887722-K, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACION DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del código penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 15 de junio del año 2023, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio Sin abonos Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 541 días CCP IQUIQUE Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8 de la ley 18216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial por igual término de 541 días, que se sustituye debiendo darse cumplimiento a la pena sustitutiva en el centro de reinserción social de gendarmería de Chile, debiendo permanecer en dichas instalaciones entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, principiando la ejecución de la pena en el momento del ingreso. De igual forma para el caso de lo anterior atendido que no cuenta con un domicilio conocido, sin perjuicio de que la defensa pueda solicitar en su oportunidad una modalidad diversa, con este propósito el sentenciado deberá presentarse al centro de reinserción social de gendarmería de Chile dentro del término 5 días contado desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuera revocada o quebrantada el condenado deberá cumplir integra y efectivamente la pena privativa de libertad o en su caso se le reemplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad, o se dispondrá la intensificación de las condiciones, en estos casos se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena ini

Fallo

SE DECLARA: Que, se condena a: 1.- ALEJANDRO JOSE CACERES CACERES cédula de identidad N° 0014887722-K, ya individualizado, como autor del delito consumado de RECEPTACION DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del código penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 15 de junio del año 2023, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio Sin abonos Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 541 días CCP IQUIQUE Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8 de la ley 18216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de reclusión parcial por igual término de 541 días, que se sustituye debiendo darse cumplimiento a la pena sustitutiva en el centro de reinserción social de gendarmería de Chile, debiendo permanecer en dichas instalaciones entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, principiando la ejecución de la pena en el momento del ingreso. De igual forma para el caso de lo anterior atendido que no cuenta con un domicilio conocido, sin perjuicio de que la defensa pueda solicitar en su oportunidad una modalidad diversa, con este propósito el sentenciado deberá presentarse al centro de reinserción social de gendarmería de Chile dentro del término 5 días contado desde que la sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de

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ACTA RESUMEN DE AUDIENCIA PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Fecha Alto Hospicio., nueve de enero de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. Magistrado ROSSANA JAQUELINE ALFARO FREIRE Fiscal VIRGINIA ANDREA ARAVENA HORMAZÁBAL Defensor OSCAR OLMOS ARCOS Hora inicio: 11:40 AM Hora termino: 11:57 AM Acta DCC Sala: 2 PRESENCIAL RUC 2300659756-4 RIT 2289 - 2023 Delito 2289 -

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