1º Juzgado Civil de Viña del Mar

LEIVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCON

Rol

C-1667-2021

Fecha

23 de agosto de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que con fecha 4 de junio del 2021, folio 1, comparece Sissy Del Carmen Leiva D vilaá , trabajadora independiente, domiciliada en calle Cuatro Norte N 351, Poblaci n RPC° ó Tres, comuna de Conc n,ó Regi n de Valpara soó í e interpone demanda de prescripci nó de la acci n de cobro de derechos de aseo domiciliarios en contra de laó Ilustre Municipalidad de Conc nó , corporaci n aut noma deó ó Derecho P blico, domiciliada en Avenida Santa Laura,ú n mero 567,ú comuna de Conc n, Regi n de Valpara so, representada legalmenó ó í te por don Oscar Sumonte Gonz lezá , solicitando que se declare la prescripci n extintiva de la acci n deó ó cobro de la deuda por los derechos de aseo domiciliario correspondientes a los per odosí desde el mes de mayo del a o 2013 hasta el mes deñ diciembre del 2015, inclusive ascendente a la suma de $249.716.- respecto de su propiedad. Que con fecha 30 de julio del 2021, se notifica de la demanda de conformidad con el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil a la parte demandada.í ó Que con fecha 17 de agosto del 2021, folio 23, la parte demandada contesta la demanda allan ndose a ella, y en el primer otros demanda reconvencionalmente a laá í demandante de cobro de pesos o sumas adeudadas por cobro de derechos de aseo por los periodos que van desde el 31 de mayo de 2016 al 31 de mayo de 2021 por la suma de $122.457.-, con costas. Que con fecha 18 de agosto del 2021, folio 25, en audiencia de estilo, se tuvo por contestada la demanda y por interpuesta la demanda reconvencional. La parte demandante principal y demandada reconvencional, contesta la demanda reconvencional allan ndose a ella.á Luego se efectu el llamado a conciliaci n la que no se produjo. Y se cit a las partes a o ró ó ó í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: De la demanda de prescripci n. ó Que con fecha 4 de junio del 2021, folio 1, comparece Sissy Del Carmen Leiva D vila, trabajadora independiente, domiciliada en calleá Cuatro Norte N 351, Poblaci n RPC Tres, comuna de Conc n, Regi n de Valpara so e° ó ó ó í interpone demanda de prescripci n de la acci n de cobro de derechos de aseo domiciliarios enó ó contra de la Ilustre Municipalidad de Conc n, corporaci n aut noma de Derecho P blico,ó ó ó ú domiciliada en Avenida Santa Laura, n mero 567, comuna de Conc n, Regi n de Valpara so,ú ó ó í representada legalmente por don Oscar Sumonte Gonz lez,á por las siguientes argumentaciones de hecho y de derecho: Expone que, es due a del inmueble ubicado en Calle Cuatro, que corresponde alñ Lote 5 de la Manzana F de la Poblaci n RPC III, de la comuna de Conc n,ó ó individualizado en el Plano agregado con el N 283 en el Registro de Documento del° a o 2003 delñ Conservador de Bienes Ra ces de Conc n, inscrití ó o a su nombre a fojas 2571, n mero 1956ú del Registro de Propiedad del a o 2006 del Conservador deñ Bienes Ra ces de Conc ní ó . Y que, el 13 de abril del presente a oñ , solicit a la Ilustre Municipalidad de Conc n, ó ó un certificado de deuda de derechos de aseo de su propiedad, con el cual se percató que existe una deuda ascendente a la suma de $421.880, que comprende los periodos desde el 31 de mayo del 2013 hasta la actualidad, deuda respecto de la cual la demandada no ha intentado su cobro, habiendo transcurrido el plazo de prescripci n para intentarlo, respecto deó los derechos de aseo devengados entre el 31 de mayo de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2015, que representa una suma ascendente de $249.716.-. En cuanto al derecho transcribe el art culo í 2514 y el art culo 2515 í del C digo ó Civil, y argumenta que, al tratarse los derechos de aseo domiciliarios de derechos municipales, que son aquellos que reportan un servicio para los contribuyentes, y se les debe aplicar las reglas comunes de prescripci n extintiva de las acciones, es decir, cinco a osó ñ . Lo que se ala queñ ha sido respaldado por la jurisprudencia administrativa de la Contralor a General de laí República manifestada entre otros, en los dict menes N 19.083á ° -2001; 38.356-2001; 6.014- 2002; 36.936-2010; 24.286- 2001; 47.646 2013; como tambi n por la Jurisprudencia de é los Tribunales Superiores de Justicia, sentencia de fecha 6 de agosto de 2013 en autos Rol N° 3164-2013 y la sentencia de fecha 13 de julio de 2015, en autos Rol N 1129-2015, ° de la Excma. Corte Suprema, que sostiene que: en todos aquellos casos en que exista una correlaci n directa entre el servicio prestado por laó municipalidad y el cobro de la tarifa, queda descartada toda posibilidad de que se trate de un impuesto porque este ltimoú es un gravamen que se exige para cubrir los gastos generales del Estado, sin que el deudor reciba otros beneficios que aquel indeterminado que obtienen todos los habitantes por el funcionamiento de los servi

Fallo

Por estas consideraciones, atendido lo dispuesto en los art culos 2515 del C digo Civil,í ó art culo 7 y 9 del D.L. N 3.063, art culos 144 y 698 del C digo de Procedimiento Civil, seí ° í ó declara: I.- Que se acoge la demanda de prescripci nó interpuesta con fecha 4 de junio del 2021, folio 1 por Sissy Del Carmen Leiva D vilá a en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc n, y se declaran prescritas las acciones para el cobro de derechos de aseo, correspondientesó al periodo entre el mes de mayo del a o 2013 hasta el mes de diciembre del 2015ñ , correspondiente a la propiedad ubicada en Cuatro Norte N 351, Poblaci n RPC Tres,° ó comuna de Conc n, Regi n de Valpara soó ó í . II.- Que se acoge la demanda reconvencional de cobro de pesos de fecha 17 de agosto del 2021, folio 23 y se condena a la parte demandada reconvencional Sissy Del Carmen Leiva D vilaá a pagar a la Ilustre Municipalidad de Conc n, la suma de ó $122.457.- por concepto de capital, m s reajustes e intereses desde que se constituy en mora.á ó III.- Que no se condena en costas a la demandada principal ni a la demandada reconvencional por existir motivo plausible, al margen de haberse allanado a la demanda. Reg strese electr nicamente, notif quese y arch vese si no se apelare.í ó í í Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Juez Titular del Primerñ Juzgado Civil de Vi a del Mar.ñ En Vi a del Marñ , a veintitr s de Agosto de dos mil veintiunoé , se dió cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 de

Texto Completo (Preview)

FOJA: 27 .- veintisiete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1667-2021 CARATULADO : LEIVA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCON Vi a del Marñ , veintitr s de Agosto de dos mil veintiunoé Visto: Que con fecha 4 de junio del 2021, folio 1, comparece Sissy Del Carmen Leiva D vilaá , trabajadora independiente, domiciliada en calle Cuatro Norte N 351, P

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