7º Juzgado de Garantía de Santiago

WALTER RODRIGO NAVARRETE ITURRA C/ MARIO JAVIER ESPINOZA DEL VALLE

Rol

O-7765-2024

Fecha

16 de enero de 2025

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 12 de junio de 2024 siendo las 16:30 horas aproximadamente, al interior del CDP Santiago Uno ubicado en Avenida Nueva Centenario N°1879 la comuna de Santiago, el requerido MARIO JAVIER ESPINOZA DEL VALLE fue sorprendido por personal de Gendarmería manteniendo en su poder UN TELEFONO CELULAR MARCA REDMI COLOR NEGRO SIN CHIP, sin estar legal o reglamentariamente autorizado para ello. SE DECLARA: I.- Que se condena a MARIO JAVIER ESPINOZA DEL VALLE, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Porte de elementos tecnológicos al interior de la cárcel, previsto y sancionado en el Articulo 304 Ter Código Penal en relación con el 304 bis, en grado de ejecución de consumado, cometido día 12 de junio de 2024, en la comuna de Santiago. Código: XYZGXSXYJEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se les sustituye la pena privativa de libertad por la de Reclusión nocturna en Gendarmería de Chile por el tiempo de la pena impuesta, sin abonos, se suspende el cumplimiento de la misma hasta que recupere su libertad por causa del 9°JG Santiago, una vez en libertad deberá presentarse al CRA Manuel Rodriguez para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva. III.-Sin abonos que considerar en caso de quebrantamiento. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por doña ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER, Juez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La senten

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a MARIO JAVIER ESPINOZA DEL VALLE, ya individualizado, a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Porte de elementos tecnológicos al interior de la cárcel, previsto y sancionado en el Articulo 304 Ter Código Penal en relación con el 304 bis, en grado de ejecución de consumado, cometido día 12 de junio de 2024, en la comuna de Santiago. Código: XYZGXSXYJEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se les sustituye la pena privativa de libertad por la de Reclusión nocturna en Gendarmería de Chile por el tiempo de la pena impuesta, sin abonos, se suspende el cumplimiento de la misma hasta que recupere su libertad por causa del 9°JG Santiago, una vez en libertad deberá presentarse al CRA Manuel Rodriguez para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva. III.-Sin abonos que considerar en caso de quebrantamiento. IV.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. V.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por d

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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., dieciséis de enero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: ISABEL MARGARITA CORREA HAEUSSLER RUC: 2400721746-K RIT: 7765 - 2024 IMPUTADO: MARIO JAVIER ESPINOZA DEL VALLE C.I. 0019240378-2 DELITO Porte de elementos tecnológicos al interior de la cárcel ARTICULO Articulo 304 Ter Código Penal en relación con e

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