14º Juzgado Civil de Santiago

CLIVIO/

Rol

V-317-2020

Fecha

20 de agosto de 2021

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece don Rodrigo G lvez Plaza, abogado, domiciliado en calle Monjitas 360á departamento N° 603, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, en representaci n de donó ó Orlando Manuel Clivio Jorquera, jubilado, chileno, c dula nacional de identidad n meroé ú 4.181.193-5, domiciliado en Patio Garza N° 1620, comuna de Renca, Regi n Metropolitana. ó Se ala que su representado en su calidad de curador de su c nyuge do a ñ ó ñ A da Teresaí Peralta Salazar, pensionada, c dula nacionalidad de identidad n mero 4.483.061-2, de su mismoé ú domicilio; solicita se le autorice a enajenar derechos hereditarios reca dos sobre la propiedad queí conforme a su inscripci n conservatoria se encuentra ubicada en calle Ampuero, n mero 01678,ó ú correspondiente a parte de unos terrenos ubicados en el lugar denominado Acequia de los P rez,é comuna de Quinta Normal, de este departamento: Norte, se or Santos Bravo; Sur, se or Santosñ ñ Bravo; Este, calle Ampuero y Oeste, propiedad del se or Santos Bravo. Se encuentra inscrita a fojasñ 17580 n mero 22814 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago delú í a o 2020, cuyo certificado de dominio vigente se acompa a en autos.ñ ñ Refiere que la c nyuge de don Orlando, do a A da Peralta fue declarada interdicta poró ñ í sentencia de fecha 17 de febrero de 2020, dictada por el 3° Juzgado Civil de Santiago, en causa ROL V-255-2019, la cual se encuentra ejecutoriada conforme al certificado de fecha 19 de marzo de 2020. En la misma, es designado como curador su representado don Orlando Manuel Clivio Jorquera. La sentencia se encuentra inscrita en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Foja: 1 enajenar a fojas 37.046, bajo el n mero 56.402, correspondiente al Conservador de Bienes Ra ces deú í Santiago, del a o 2020.ñ Sostiene que do a A da Peralta es propietaria de derechos hereditarios sobre la propiedadñ í descrita, en conjunto con otros ocho herederos (hermanos y sus representantes) conforme a las subins

Fallo

Por tanto, en virtud de lo expuesto y dispuesto por el art culo 891 del C digo deí ó Procedimiento Civil y dem s normas legales que resulten aplicables, solicita se sirva autorizar laá venta de los derechos hereditarios de los que es propietaria do a Aida Teresa Peralta Salazar, lañ cual ha sido declarada interdicta, cuyo curador es su representado, mediante venta directa ofrecida Foja: 1 por do a Mar a Teresa Clivio, casada, c dula de identidad n mero 9.488.881-6, la cual ofreceñ í é ú adquirir dichos derechos por la suma de $3.500.000, pagados en una suma nica en cheque una vezú dictada sentencia que autorice esta venta o mediante dep sito en la cuenta corriente del Tribunal oó bajo la modalidad que se estime conveniente que ofrezca la seguridad suficiente para el resguardo de los derechos de la persona incapaz. En subsidio a lo anterior, autorizar la venta de los derechos hereditarios de los que es propietaria do a Aida Teresa Peralta Salazar, la cual ha sido declaradañ interdicta, cuyo curador es su representado en una suma no inferior a $2.000.000, mediante p blicaú subasta. TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el art culo 891 del C digo de Procedimiento Civil se ala que “Cuandoí ó ñ deba obtenerse autorizaci n judicial para obligar como fiador a un incapaz, o para enajenar, gravaró con hipoteca, censo o servidumbre, o para dar en arrendamiento sus bienes, se expresar n las causasá o razones que exijan o legitimen estas medidas, acompa ando los documentos necesarios uñ ofrec

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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-317-2020 CARATULADO : CLIVIO/ Santiago, veinte de Agosto de dos mil veintiuno VISTOS: Comparece don Rodrigo G lvez Plaza, abogado, domiciliado en calle Monjitas 360á departamento N° 603, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, en representaci n de donó ó Orlando Manuel Clivio Jorquera, ju

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