7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ WILMER ANDERSON APARCEDO RIVAS

Rol

O-8358-2024

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 17 de julio de 2024, siendo las 16:50 horas aproximadamente, en Avenida Manuel Rodríguez frente al número 667, en la comuna de Santiago, el imputado WILMER ANDERSON APARCEDO RIVAS, portaba, transportaba y mantenía en su poder con el propósito de traficar, al interior de una mochila tipo delivery, dos paquetes envueltos en papel aluza transparente los cuales en su interior mantenían una sustancia vegetal similar a la cannabis sativa, los que sometidos a la prueba de campo y pesaje arrojaron coloración positiva a la presencia de marihuana con un peso bruto de 526 gramos 800 miligramos y otro con un peso bruto de 526 gramos, 100 miligramos, no justificando el imputado que la droga estuviera destinada a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo o para algún tratamiento médico.” SE DECLARA: I.- Que, se condena a WILMER ANDERSON APARCEDO RIVAS, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa a beneficio Fiscal de Un Tercio de Una Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico ilícito de drogas o sustancias estupefacientes capaces de producir graves efectos tóxicos y daños considerables a la salud, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día Código: PSZXXSUYTBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17 de julio de 2024, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa impuesta por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el término de la pena corporal, quedando en consecuencia el sentenciado sujeto a las c

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a WILMER ANDERSON APARCEDO RIVAS, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y al pago de una multa a beneficio Fiscal de Un Tercio de Una Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Tráfico ilícito de drogas o sustancias estupefacientes capaces de producir graves efectos tóxicos y daños considerables a la salud, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, el día Código: PSZXXSUYTBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 17 de julio de 2024, que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se le sustituye la pena privativa impuesta por la LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el término de la pena corporal, quedando en consecuencia el sentenciado sujeto a las condiciones del artículo 17 de la Ley 18.216 por el mismo plazo sujeto al control del respectivo delegado de libertad vigilada intensiva que se le designe en su oportunidad. Se deja constancia que en el evento que la sanción sustitutiva sea revocada, el condenado deberá cumplir integra y efectivamente la pena privati

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, catorce de enero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PATRICIO ERNESTO ÁLVAREZ MALDINI RUC: 2400825718-K RIT: 8358 – 2024 IMPUTADO: WILMER ANDERSON APARCEDO RIVAS C.I. 14.953.866-6 DELITO (Indicar si es reiterado) Tráfico Ilícito de Drogas ARTICULO 3º de la ley 20.000. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CON

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