MP FISCALIA LOCAL C/ SERGIO JEREMÍAS ÁGUILA MALDONADO
Rol
O-2215-2024
Fecha
15 de enero de 2025
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2401513532-4 RIT 2215 - 2024, ha comparecido el ministerio público de esta ciudad representado por su fiscal adjunto JORGE CALDERARA GONZALEZ, quien presentó requerimiento en contra de don SERGIO JEREMÍAS ÁGUILA MALDONADO, cédula nacional de identidad 0013584639-2, de profesión u oficio DESCONOCIDO, domiciliado en DEMETRIO GATICA 3410 LOS BOMBEROS PUCÓN, forma de notificación CÉDULA, legalmente representado por la defensora penal público licitado DANAE CASTRO CRUZ, verificándose la audiencia, en los siguientes términos: El día 08 de diciembre de 2024 alrededor de las 22:55 horas en calle Urrutia frente al número 424 de la comuna de Pucón el requerido se encontraba consumiendo bebidas alcohólicas y ante un control efectuado por Carabineros de la Novena Comisaria de Pucón representado por el cabo 1 Edgard Alexander Orellana Farías y el cabo 1 Cristian Morales Duran, y ante un control que estos efectuaban de identidad respecto del imputado este se niega a entregar su identidad y frente al requerimiento posterior de los funcionarios este de manera seria y verosímil les señala lo siguiente “ no te voy a pasar ni una wea paco culiao, no estoy ni ahí con vo paco culiao, los voy a matar, yo soy choro, tengo cana, los voy a matar pacos culiao” para que posteriormente y una vez que el imputado es subido al carro policial, este a viva voz le grita nuevamente a los funcionarios policiales en forma seria y verosímil lo siguiente: “ yo soy de Pitrufquén, soy choro paco culiao, los voy a matar, los voy a quemar vivo, bastardos culiao, como los pacos que quemamos, conchas de su madre” provocando el justo temor correspondientes a los funcionarios policiales quienes detentan solamente una autoridad mientras se encuentran ejerciendo sus funciones. Delito: Amenazas a carabineros de servicio. Participación: Autor Desarrollo: Consumado. Código: RXZKXSNPGEG Este
Fallo
fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. TERCERO: Que, en estos hechos en que tuvo participación en calidad de autor se califican por el Tribunal concordando con el Ministerio Público y al acuerdo con la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de AMENAZAS A CARABINEROS EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES en grado de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público no señaló otros antecedentes para la determinación de la pena. QUINTO: Que, la defensa, solicita se conceda la reclusión parcial domiciliaria por reunir los requisitos que exige la Ley 18.216 para su concesión por tener informe de factibilidad técnica favorable y se le exima del pago de las costas por haber ahorrado recursos al Estado al evitar un juicio, habiendo el Ministerio Público opuesto a tal petición. SEXTO: Que, para determinar el quantum de la pena aplicar, se tendrá presente lo dispuesto en el artículo 395 del Código Procesal Penal y no pudiendo este Juez en caso alguno aplicar una pena superior a aquella que ha solicitado el Ministerio Público, la fijará Código: RXZKXSNPGEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en ésta, est
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RUC : 2401513532-4 RIT : 2215 - 2024 MATERIA : AMENAZAS A CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR). IMPUTADO : SERGIO JEREMÍAS ÁGUILA MALDONADO RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Pucón, quince de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2401513532-4 RIT 2215
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