2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DÍAZ/JEREZ

Rol

O-5701-2021

Fecha

6 de septiembre de 2022

Materia

Despido indirecto, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Horas extras

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06 de septiembre de 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 17 RUC 21-4-0360605-4 RIT O-5701-2021 MAGISTRADO ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TERMINO 12:00 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140360605-4-1349-220906-00 PARTE DEMANDANTE CARLOS EDUARDO DÍAZ SOTO ABOGADO COMPARECIENTE PARTE DEMANDANTE ANDREA CATHERINE MANCILLA LEITE FORMA DE NOTIFICACION CORREO ELECTRÓNICO PARTE DEMANDADA JORGE FERNANDO JEREZ GALLEGUILLOS FORMA DE NOTIFICACION ESTADO DIARIO ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) DEMANDANTE INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X MEDIDA CAUTELAR Incomparecencia: Se deja constancia que la demandada de autos no ha comparecido a la presente audiencia a pesar de estar válidamente notificada para ello y de haberse enviado los correos informando de la presente auidencia, lo cual consta en el correspondiente registro de audio. Medios de Prueba: La parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Carta enviada al empleador de fecha 04 de julio de 2021 con su comprobante de envío. 2) Carta enviada a la Inspección del Trabajo de fecha 04 de julio de 2021 con su comprobante de envío. Confesional y exhibición de documentos: No comparece el demandado a absolver posiciones y a exhibir los documentos solicitados en audiencia preparatoria, por lo que la parte demandante solicita el apercibimiento legal respectivo. El Tribunal deja su resolución para definitiva, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Testimonial: El Tribunal prescinde la prueba testimonial de la parte demandante según los antecedentes que constan en el registro de audio. Oficio: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1

Fundamentos

fundamentos esgrimidos en la presente sentencia, la rebeldía en la presente audiencia de la parte demandada y el ánimo evidenciado de la demandada de dilatar el cumplimiento de la presente acción ya existiendo sentencia definitiva que condena a la parte demandada con el fin de asegurar el presente juicio y de conformidad a lo establecido en el artículo 444 del Código del Trabajo, el Tribunal decreta las siguientes medidas cautelares: 1) La medida cautelar de prohibición de enajenar y celebrar actos y contratos respecto de los siguientes vehículos, todos perteneciente a la demandada JORGE FERNANDO JEREZ GALLEGUILLOS, Rut N° 4.772.473-2, que se indican a continuación: a) Vehículo placa patente JWFD56-K, marca Chevrolet, año 2017. b) Vehículo placa patente HWLB22-6.-, marca Fiat, año 2016. La parte demandante deberá consignar ante el Tribunal la suma de $4.300, respeto de cada vehículo, mediante transferencia electrónica o depósito en la cuenta corriente del Tribunal Nº575801 del Banco Estado, a nombre del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Rut 61.979.530-K, para efectos trabar dicha medida ante el REGISTRO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, y dar cuenta al Tribunal, lo anterior, a fin de que funcionario habilitado del Tribunal pueda llevar a cabo esa medida, señalando que podrá ser notificada vía correo electrónico al Servicio, sirviendo la presente acta como suficiente y atento oficio remisor.- 2) Se ordena oficiar a BANCO Falabella y Banco Santander a fin de que informe si la demandada JORGE FERNANDO JEREZ GALLEGUILLOS, Rut N° 4.772.473-2, mantiene cuentas corrientes u otro tipo de operaciones con dinero en dicha institución bancaria, y en el caso que existan se proceda a la retención de hasta $13.402.390.-, o si es inferior, hasta la suma que exista a favor del demandado ordenando desde ya, su remisión inmediata al Tribunal a la cuenta corriente del Tribunal Nº575801 del Banco Estado, a nombre del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Rut 61.979.530-K. Practíquese por funcionario habilitado del Tribunal, señalando que podrá ser notificada vía correo electrónico indicado por la institución bancaria, sirviendo la presente acta como suficiente y atento oficio remisor.- Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió y dictó sentencia doña Andrea Paola Soler Merino, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, seis de septiembre de dos mil veintidós.-

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 7, 33, 38, 58, 63, 67, 68, 160, 162, 163, 171, 420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por don CARLOS EDUARDO DÍAZ SOTO en contra de su ex empleador JORGE FERNANDO JEREZ GALLEGUILLOS, en cuanto, se declara justificada la decisión del trabajador demandante de hacer uso de la facultad de autodespedirse con fecha 04 de julio de 2022 al haber existido incumplimientos contractuales de carácter grave en que incurrió la parte demandada durante la vigencia del vínculo laboral y, en consecuencia, se condena al demandado a pagar al actor las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $685.380.- b. La suma de $7.539.180.- por concepto de años de servicio, recargada en un 50% de conformidad a lo establecido en al artículo 171 del Código del Trabajo por la suma de $3.769.590.- c. Feriado legal, proporcional y 6 de feriado progresivo adeudados por un total de $370.000.- d. 360 horas extraordinarias adeudadas entre el período de enero a junio de 2021 por la suma de $1.038.240.- II. Que las cantidades ordenadas pagar en forma precedente, deberán serlo con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que habiendo existido oposición por la parte demandada y no habiendo comparecido a la presente audiencia, omitiendo incorporar prueba ofrecida y cumplir con diligencias decretadas respe

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06 de septiembre de 2022 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 17 RUC 21-4-0360605-4 RIT O-5701-2021 MAGISTRADO ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNÁNDEZ HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TERMINO 12:00 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2140360605-4-1349-220906-00 PAR

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