HORMAZÁBAL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-218-2021
Fecha
20 de agosto de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Partes del juicio: Que son parte de este juicio de prescripci n rol C-281.-21,de este juicio sobre del Primer Juzgado de Letrasó de Linares, don NEMESIO ANTONIO HORMAZABAL MIRANDA, chileno, pensionado, casado, C.N.I: 5.409.128-1, domiciliado para estos efectos en calle Dr. Ferrada, N 852, comuna de Linares, como demandante° y la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, corporaci nó aut noma de derecho p blico con personalidad jur dica y patrimonioó ú í propio, Rut N 69.130.300-4, representada por su Alcalde don º MARIO ALEJANDRO MEZA V SQUEZÁ , chileno, casado, Run N 14.389.148-8;º ambos domiciliados en calle Kurt Moller, N 391, de la comuna de Linares,° como demandado. Segundo : Demanda: A folio 10, comparece don Nemesio Antonio Hormaz bal Miranda, quien á interpone demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, con el objeto que se decrete que ha operado la prescripci n extintiva especial de la acci n de la Ilustre Municipalidad deó ó Linares para perseguir el cobro de lo adeudado por concepto de aseo domiciliario o extracci n de basura domiciliaria, respecto del inmuebleó ubicado en Dr. Ferrada N 852 de Linares, desde el mes abril de 2003° hasta noviembre de 2020, ambos meses inclusive. Tercero: Contestación de la demanda. A folio 12, el 15 de julio de 2021, comparece do a Carolina Y ez G lvez, en representaci n de lañ áñ á ó Ilustre Municipalidad de Linares, Persona Jur dica de Derecho P blico,í ú ambos con domicilio en esta ciudad, calle Kurt M ller N 391, quien se ala.ö º ñ Que los hechos expuestos en la demanda de autos son efectivos, en atenci n a que de los antecedentes que obran en esa Corporaci n no constaó ó que haya intervenido pagar u obligaci n escrita o concesi n de plazo poré ó ó el acreedor, en este caso de la Ilustre Municipalidad de Linares, ni requerimiento judicial por parte de su representada con la finalidad de obtener el pago de los DERECHOS DE ASEOS DOMICILIARIOS, que adeuda, la propiedad ubicada en Doctor Ferrada, N 852, Rol de Aval o° ú N 278-26° , de la comuna de Linares; a la entidad edilicia que represento, por lo cual se allana totalmente a la solicitud de la demandante para que S.S. declare que ha operado la prescripci n extintiva de corto tiempoó regulada en el Art. 2521 del C digo Civil respecto de las acciones de cobroó de derechos de aseo, que pudo haber interpuesto mi representada, para obtener el pago de dichos derechos; desde el primer semestre del a o 2003ñ (mes de abril), hasta el segundo semestre del a o 2014 (mes de noviembre),ñ ambos inclusive. Cuarto: Atendido lo dispuesto en el art culo 313 del C digo deí ó Procedimiento Civil, a folio 18, se cita a las partes a o r sentencia.í Quinto: Que la parte demandante acompa a la causa los siguientesñó antecedentes, los que rolan a folio 1. 1. Certificado de Deuda, emitido por el Departamento de Rentas Municipales, de la Ilustre Municipalidad de Linares, en el cual consta la deuda de $819.247.- 2. Certificado de Aval o Fiscal de
Fallo
se declara:ó I.- Que, SE ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta en lo principal del escrito de folio 12 por don NEMESIO ANTONIO HORMAZABAL MIRANDA, en contra la I. Municipalidad de Linares, ambos ya individualizados, y se declara la prescripci n extintiva de lasó obligaciones por concepto de derechos de recolecci n de basura queó adeuda la propiedad ubicada en Doctor Ferrada, N 852° de la comuna de Linares, rol de aval o 00278-00026, ú desde el primer semestre del a o 2003ñ (mes de abril), hasta el segundo semestre del a o 2014 (mes de noviembre),ñ ambos inclusive. II.- Que SE EXIME del pago de las costas a la parte demandada por haberse allanado. Notif quese reg strese, dese copia autorizada a la parte que loí í solicite y arch vese en su oportunidad.í Rol C-218-2021.- Dict , don ALEJANDRO ANTONIO SUMONTE VERDEJO, Juez.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-08-20T09:45:30-0400
Texto Completo (Preview)
Causa Rol : C-218-2021 Código P-18 Materia : Prescripción Demandante : NEMESIO HORMAZABAL MIRANDA C.I. : 5.409.128-1 Abogado : Paulina del Campo Almuna C.I. : 12.791.363-3 Demandado : I. Municipalidad de Linares Rut : 69.130.300-4 Abogado : Carolina Y ez G lvezáñ á C.I. : 14.288.739-8 Fecha de ingreso : 18-02-2021 ***************************************************************** Linares, veinte de
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